Lo anterior, independientemente de los procesos a los que el exfuncionario haya sido ligado, evidencia las carencias de un Sistema Penitenciario incapaz de garantizar la vida o la salud de las personas bajo su custodia.
Algunas personas pretenderán justificar su indiferencia a esta problemática afirmando que, «si están en la cárcel, por algo será». Sin embargo, no se detienen a reflexionar que en nuestro país todas y todos somos vulnerables ante un sistema de justicia penal colapsado, que no garantiza un proceso justo, en muchos casos fuera del escrutinio de la prensa. Ante este panorama, cualquiera corre el riesgo de pasar un tiempo de su vida en prisión por una acusación falsa.
Usted se podrá preguntar: «¿Por qué estaría yo en riesgo si no he cometido ningún delito?». No importa si usted ha cometido un delito o no. Si se considera inocente o moralmente superior, en el sistema procesal guatemalteco existen medidas que pueden limitar su libertad aun sin ser culpable.
Con fundamento legal, en el artículo 259 del Código Procesal Penal, un juez, a petición de un fiscal del MP, puede dictar prisión preventiva. Esta limitación de libertad no es un castigo ni un indicio de culpabilidad, sino, teóricamente, una medida estricta «para asegurar que aquel [el acusado] no impedirá el desarrollo eficiente de las investigaciones ni eludirá la acción de la justicia».
En otras palabras, durante la fase de investigación en un proceso penal, aunque usted o un ser querido sea inocente, un juez puede limitar su libertad si considera que puede darse a la fuga o tiene los medios para obstruir la justicia.
En el desafortunado caso de que se vea envuelto en una situación así, ¿tiene la certeza de que recibirá un juicio justo? Si lo envían a prisión preventiva, ¿está usted seguro de que el Estado protegerá su vida y su salud? Una vez dentro de prisión, si adquiere una enfermedad peligrosa, y aunque un juez le otorgue la posibilidad de recuperarse en su casa, ¿confía en que el Sistema Penitenciario tiene los recursos suficientes para permitirle cuidar su salud?
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Como aporte para buscar una respuesta, considere alguna de las siguientes causas del problema:
- En Guatemala, uno de cada dos presos, aproximadamente, se encuentra en prisión preventiva. Muchos de estos casos, de conformidad con la evaluación de la situación de derechos humanos en el país realizada en 2017 por la CIDH, son producto de que «la prisión preventiva se aplica claramente de manera contraria a la excepcionalidad que exige su naturaleza y afecta de manera desproporcional a las personas que no cuentan con los medios económicos para realizar el pago de la pena pecuniaria».
- Esta desproporción en el uso de la prisión preventiva, a pesar de los esfuerzos de algunos juzgados en buscar medidas alternativas en los últimos años, ha generado un hacinamiento carcelario desproporcionado. En Guatemala, en un espacio para una persona hay un mínimo de cuatro reos.
Esta semana fue un exfuncionario público fallecido, pero considere lo anterior y reflexione: el siguiente puede ser una persona de escasos recursos que no pudo pagar un buen abogado, un defensor de derechos humanos criminalizado, personas inocentes acusadas falsamente, un familiar, una amistad, usted, yo, etc.
El deseo de justicia no debe llevar a la deshumanización del problema de la precariedad y del hacinamiento en el Sistema Penitenciario. Nadie debería temerle al contagio de covid o a la propia muerte bajo custodia del Estado. Se han propuesto varias soluciones, pero su desarrollo se hará en otra oportunidad. No obstante, respondiendo a la pregunta inicial, sí, nuestras cárceles deberían importarnos porque nadie puede garantizar que no pondrá un pie en ella.
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