Por supuesto, está el hecho de que es el primer caso de esta naturaleza ventilado en cortes nacionales en un país de las Américas. Obviamente es inédito en Guatemala y es un caso cuya investigación y procesamiento se realiza décadas después de los hechos. ¿Cómo es posible entonces llegar hasta los tribunales, realizar la acusación, identificar a los responsables y alcanzar una condena?
En primer lugar, es claro que se hizo necesario que las víctimas contaran su agravio y rompieran el silencio impuesto como una acción más de tortura, luego de que hubiese actoras sociales decididas a apoyarlas y acompañarlas. Ese ha sido el rol de quienes luego integraron la Alianza Rompiendo el Silencio, mediante la asociación sororaria del Equipo de Estudios Comunitarios y Acción Psicosocial (ECAP), de Mujeres Transformando el Mundo (MTM) y de la Unión Nacional de Mujeres Guatemaltecas (UNAMG). El engranaje de esta alianza con las víctimas y los testigos permitió contar con los elementos esenciales para impulsar el proceso.
El diseño de la estrategia de investigación y litigio, la búsqueda de los peritajes científicos que sustentaran las hipótesis del caso y el respaldo colectivo resultaron elementos vitales para avanzar en la búsqueda de justicia, la cual alcanza un punto elevado cuando se llega a la audiencia de reparaciones.
De un trámite judicial en el proceso seguido, esta diligencia se constituyó, como todos los aspectos del caso, en un aporte fundamental a la sociedad. En la argumentación de las peticiones al tribunal, las querellantes de la Alianza Rompiendo el Silencio establecieron que la base de la reparación no está determinada, aunque debe ser incluida, en una compensación económica por los daños causados. Centraron su aporte en la necesidad de que haya una restitución de la dignidad de las personas desde una perspectiva transformadora.
Y esa transformación ha de venir mediante acciones que contribuyan a la superación de las fallas estructurales que dieron lugar a los hechos sufridos por las víctimas a manos de elementos de la fuerza armada en Guatemala. «No es admisible un retorno a las mismas condiciones de violencia y exclusión», afirmó Jennifer Bravo, de MTM, en representación de las querellantes.
Para ello solicitaron acciones afirmativas y medidas de reparación del abandono estructural del Estado en materia de salud, educación y convivencia social, pero sobre todo la transformación del sujeto institucional responsable de estos crímenes: el Ejército guatemalteco. Por ello solicitaron, y les fue concedido, que los elementos de la institución armada se eduquen en materia de derechos humanos desde una perspectiva real de género y con pertinencia jurídica sobre la violencia contra la mujer.
Se deben transformar las condiciones de exclusión, discriminación, racismo, violencia estructural y de género que constituyeron la base en la cual se larvaron los sujetos que fueron capaces de llevar a cabo estas atrocidades. Las garantías de no repetición en materia de justicia transicional demandan del aparato estatal de Guatemala el cumplimiento de estas medidas de reparación como un punto de partida para resolver una de las más graves expresiones de violencia estructural.
La restitución transformadora pasa también por educar y ofrecer luces a quienes el racismo y la misoginia mantienen en la total ceguera y los llevan a nutrir el odio como herramienta. Para quienes se escudaron en la diatriba y en la mentira con tal de impedir la justicia, las mujeres de Sepur Zarco tienen un gesto de nobleza humana al ofrecerles la oportunidad de redimirse como personas. Ojalá puedan verlo.
Más de este autor