Al respecto, recuperaré, desde mi propia síntesis y organización por su cercanía, algunos de los aportes principales de estas ponencias, las cuales pueden ser observadas en toda su riqueza y complejidad en este vínculo.
En una primera presentación, Mónica Mazariegos analizó los conflictos socioambientales que reflejan antagonismos de fondo y que enfrentan al Estado y a empresas contra los pueblos y las comunidades. Abordó ...
Al respecto, recuperaré, desde mi propia síntesis y organización por su cercanía, algunos de los aportes principales de estas ponencias, las cuales pueden ser observadas en toda su riqueza y complejidad en este vínculo.
En una primera presentación, Mónica Mazariegos analizó los conflictos socioambientales que reflejan antagonismos de fondo y que enfrentan al Estado y a empresas contra los pueblos y las comunidades. Abordó cómo los diseños institucionales se orientan a buscar consentimiento, en especial para la implementación de un modelo económico que obvia en esencia el derecho de consulta de los pueblos indígenas. La negación de este derecho ocurre a pesar de los mandatos jurídicos al respecto y con el argumento de la carencia de una norma específica, lo cual no justifica ignorar este mecanismo. Se trata de un derecho que asiste a los pueblos para decidir su oposición a proyectos extractivos.
En la misma ponencia fueron recuperados cuatro aspectos clave que diversas representaciones indígenas cuestionan sobre la pretensión estatal de crear una norma específica que regule las consultas a los pueblos indígenas: 1) la tendencia a encasillar procedimientos de consulta que presentan diversidad en las distintas experiencias donde se realizan; 2) la orientación a restarles poder vinculante a las comunidades en caso de disenso sobre los asuntos consultados; 3) la carencia de legitimidad, representatividad y pertinencia de los mecanismos utilizados para intentar consensuar dicha norma, y 4) la negativa a darles carácter vinculante a las consultas de buena fe. Para terminar, fue analizada la gestión de los conflictos socioambientales por parte del Estado, la cual se caracteriza por la criminalización y la militarización, que no contribuyen a una cultura democrática y constituyen la expresión de un enfoque del derecho penal del enemigo y del uso de la fuerza militar para abordar las resistencias sociales.
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En otra de las ponencias, Gabriela Contreras abordó la problemática de la política criminal democrática y los conflictos socioambientales. Una política criminal democrática, afirmó, debería desconcentrar, controlar y limitar el poder para asegurar las libertades y los derechos fundamentales, la búsqueda de solución de los conflictos por medios no violentos, el respeto a la Constitución y la incorporación de un enfoque en derechos humanos. Contrariamente, se ha constatado el avance en la captura del Estado, por lo cual ha quedado olvidada una política con orientación democrática, de modo que principios como el respeto de los derechos humanos, la pluriculturalidad y la intervención mínima del derecho penal no llegan a ser practicados. Esto se constata en la aplicación de una política basada en la lógica económica y en los intereses dominantes, con una carga de autoritarismo y racismo que permea y debilita la institucionalidad para la aplicación de una política criminal democrática. En este marco, es necesario asumir desafíos como el avance hacia una despenalización en el abordaje de la conflictividad socioambiental.
Estas ponencias, fundamentadas en la indagación, permiten confirmar la necesidad de cambios profundos en la política estatal para el tratamiento de la conflictividad socioambiental, que tengan como punto de partida cambiar la prioridad hoy afincada en los proyectos extractivos y en su imposición a comunidades y pueblos indígenas, y, consecuentemente, como se recupera de las presentaciones, la necesidad de respetar el disenso que expresan las consultas de buena fe realizadas, además de la urgencia de una acción estatal basada en el respeto de los derechos humanos y en los parámetros relativos a una política de resolución democrática de conflictos.
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