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El buen juez que nunca ascendió

“La gran pregunta es si existe realmente independencia de los jueces en Guatemala o tienen que preocuparse de las decisiones que emiten porque de ello depende su carrera”, Monzón.
“Eso significaría que yo estoy dispuesta a todo porque estuve dispuesta a pagar un precio”, dice la jueza Pérez.
[Sandra Sebastián]
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El buen juez que nunca ascendió

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La creación de la Ley de Comisiones de Postulación en 2009 abrió la esperanza de que se iba a evitar la politización en los procesos de elección de cargos públicos que incluyen jueces y magistrados del Organismo Judicial. Sin embargo, cinco años después, aún prevalecen las relaciones personales y los intereses de grupos, por encima de la carrera judicial. Hay jueces que han cumplido a cabalidad con su tarea, pero les ha sido imposible ascender.

La decisión de la Corte de Constitucionalidad (CC) de suspender temporalmente el proceso de elección de magistrados de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) y Corte de Apelaciones dejó en evidencia que el procedimiento no cumplió con los requerimientos legales establecidos.

La elección tuvo lugar en la sede del Legislativo entre el 25 de septiembre y el 1 de octubre pasados, y despertó una serie de señalamientos contra el proceso, que vinieron desde dentro y fuera del sistema de Justicia,  e incluyeron a organismos internacionales como Naciones Unidas. En todos hay una acusación  en común: que no fueron los méritos los que hablaron por los jueces que buscaban convertirse en magistrados o conservar la magistratura que ya tenían.

Y si no son los méritos, ¿cuál es entonces el requisito para ser designado por una comisión postuladora y elegido por el Congreso como magistrado? En lo que la mayoría coincide es en que quienes tengan el apoyo de grupos dentro de los procesos de elección tienen la ventaja.

Todo reventó el domingo 5 de octubre, cuando Claudia Escobar Mejía, magistrada de la Sala Quinta de Apelaciones del Ramo Civil y Mercantil, renunció a su reelección obtenida en el Congreso tras denunciar irregularidades en el proceso de postulación y presentó un audio con la grabación de la plática que había sostenido con el diputado Gudy Rivera en la que el diputado le proponía ayudarla a quedar reelecta, pero también le pedía que ayudara al Partido Patriota (PP) a dejar sin efecto una resolución del Tribunal Supremo Electoral (TSE) que consideraba ilegal.

 “Todos los nombramientos, incluido el mío, se dieron con base en las personas que lo conocen a uno. Yo tengo el perfil, pero no fue por eso me escogieron”, expresó la magistrada quien opina que no debe ser la amistad con los postuladores sino la capacidad la que debe pesar en esas decisiones.

La acusación de Escobar fue apoyada dos días después por un grupo de 50 jueces de instancia que desde los tribunales exigieron el pasado 7 de octubre a la CC tomar medidas en el asunto.

Dos semanas después, la revista Contrapoder hizo pública la grabación de la plática que la magistrada sostuvo con el diputado Rivera y con el abogado Eduardo González Portillo, con base en una transcripción de la Comisión Internacional Contra la Impunidad en Guatemala (Cicig).

La conversación confirmó prácticas que ya habían sido señaladas: la existencia de estos grupos políticos que influyen en Comisiones de Postulación y que actualmente son de dominio público. Gustavo Herrera Castillo y Roberto López Villatoro son dos de los principales actores dentro de estos movimientos, pero ellos son sólo los visibles.

El juego da cabida para muchos participantes: universidades, colegios profesionales y entidades públicas que tienen una cuota de participación en ese intercambio de favores, en el “hoy por ti, mañana por mí”.

La inconformidad que desata esta forma de elegir provocó que a partir de la elección de los nuevos magistrados en el Congreso, la CC recibiera una serie de recursos de amparo contra el proceso de elección. El 9 de octubre resolvió provisionalmente cuatro de ellos, dejó en suspenso el nombramiento de los magistrados electos y fijó un plazo de 45 días para dirimir el caso.

La carrera judicial no es la prioridad

El ascenso dentro del Organismo Judicial (OJ) está determinado por dos normativas. En la primera fase, cuando un abogado quiere convertirse en juez de Paz o cuando uno de Paz busca ascender a juez de Instancia, el procedimiento está determinado por la Ley de la Carrera Judicial

La normativa establece que los abogados que hayan ganado el curso de la Unidad de Capacitación Institucional del OJ, serán declarados elegibles y nombrados por la CSJ. Estos jueces ocuparán plazas existentes cuando éstas quedan disponibles o serán nombrados  jueces suplentes.

En el curso más reciente para jueces de paz (efectuado entre octubre de 2013 y febrero de 2014), los abogados  reciberon capacitación por ocho horas diarias hasta completar 22 asignaturas sobre aspectos jurídicos, sociales, psicológicos, redacción y ortografía.

La capacitación incluyó una práctica de observación, una supervisada y la entrega de un trabajo de campo. Los aspirantes tuvieron que pasar por evaluaciones jurídicas y psicométricas. De los 1,600 juristas que participaron en el proceso entre 2013 y 2014, fueron seleccionados 200 nuevos jueces a la espera de que se les llame a un juzgado.

El  curso fue convocado por el Consejo de la Carrera Judicial, entidad responsable legalmente de administrar la carrera judicial. Está conformado por el Presidente del OJ o un sustituto, los titulares de la unidad de Recursos Humanos y de la unidad de Capacitación Institucional del OJ, un representante y un suplente, electos por cada una de las Asambleas, la de jueces y la de magistrados.

Yuri Búcaro, presidente del Consejo, explica que la razón para convocar al curso que finalizó en 2014 era contar con nuevos jueces disponibles, pues se preveía que la elección de magistrados dejaría varias plazas vacantes. Razón por la cual actualmente hay un curso similar para los jueces de Paz que quieran ascender a jueces de instancia y que se prevé que concluirá a finales de febrero del próximo año.

Llegar a una magistratura, sin embargo, y  según la misma ley y la Constitución Política, no tiene que ver con tomar un curso que dura medio año. En lugar de ello, la decisión de quién es idóneo para el puesto queda en manos del Congreso, luego de pasar por el proceso de Comisiones de Postulación.

La única participación del OJ en la elección de sus magistrados se limita a que en la Comisión de Postulación para elegir a los de la CSJ, hay representantes de la Corte de Apelaciones y viceversa.

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A partir de la toma de posesión de los cargos, el Consejo de la Carrera Judicial queda como responsable de evaluar cada año o cuando lo considere conveniente, el trabajo de los jueces y magistrados.

Esta entidad debe también hacer una escala de rendimiento satisfactorio en la que se basará para los ascensos y renovaciones de nombramientos. Pero, Javier Monterroso, analista en temas de justicia y exsecretario privado del Ministerio Público, señala que uno de los problemas es que esta evaluación no se está efectuando, por lo que las Comisiones de Postulación no cuentan con este elemento de juicio al momento de elegir.

 “Hay algunos que tienen dos sentencias al mes, mientras otros tienen cientos. Hay jueces que son muy honestos que no se prestan a la corrupción, pero no se puede decir que tengan un buen desempeño con tan pocas sentencias”, añade Monterroso.

Búcaro niega estos señalamientos, pues indica que si bien originalmente las evaluaciones se realizaban cada cuatro años a los jueces de Paz y cada cinco a los de Instancia, esta revisión del desempeño de los juzgadores se lleva a cabo anualmente.

La historia de una Ley de Comisiones frustrada

Antes de 2009,  las Comisiones de Postulación estaban definidas en la Constitución política, pero no había lineamientos claros con respecto a ellas, por lo que cada elección de magistrados estaba supeditada a la voluntad del Gobierno de turno. Con ello, se colocaba a los allegados y se lograba mantener una ventaja sobre los contrincantes políticos en aspectos que tenían que ver con procedimientos y con interpretación de las leyes. En casos más extremos, también permitía contar con amigos o personas afines en las Salas para dar impunidad a funcionarios.

Ante esta situación, se aprobó en 2009 la Ley de Comisiones de Postulación, orientada a regular todos los procesos de elección de cargos públicos de organismos ajenos al Ejecutivo y el Legislativo, con base en un sistema de evaluación de méritos, en el que la academia también estuviera involucrada.

Fue una carrera contra el tiempo, pues había plazos límite para la aprobación de la normativa antes de que el Congreso convocara a elección de magistrados de la CSJ y Corte de Apelaciones. Los partidos peleaban la redacción de cada artículo, temerosos de ceder mucho del preciado poder que la clase política había ostentado durante años.

La Ley se aprobó finalmente en mayo de 2009. A ello se sumó que desde esa época el número de universidades privadas aumentaba, lo que ofrecía mayor presencia de la academia en el proceso, pero este elemento no hizo mayor diferencia con relación a los procesos anteriores y pronto se vería que los rectores y decanos podían jugar a la política tan bien como cualquier miembro de una organización partidaria. “Vimos que la academia no es ni menos ni más controversial que el Congreso”, expresa Nineth Montenegro, diputada de Encuentro por Guatemala y principal impulsora de la iniciativa que dio vida a la normativa en 2009.

Las tablas de gradación, reguladas por el artículo 12 de la Ley de Comisiones de Postulación, certifican la calidad ética y asignan puntos a los aspirantes según aspectos como su formación académica. En esta parte se incluyen los títulos académicos, docencia, publicaciones de doctrina del derecho y reconocimientos.

También se evalúa el desempeño profesional en organizaciones públicas y privadas y la proyección humana en aspectos como el voluntariado e involucramiento con la comunidad.

En aquella primera integración de comisiones de 2009 se tuvo la oportunidad de probar este sistema por primera vez. Los sistemas de evaluación parecían ser rígidos y aunque siempre daban lugar a alguna subjetividad, se convirtieron en un referente para evaluar la manera en que los postuladores escogían a los futuros magistrados.

Pero no fue suficiente para evitar que dentro del Congreso se buscara favorecer a los allegados al partido de Gobierno  porque pudo ser criticada abiertamente y logró la presión para que los entonces principales candidatos del gobierno de la Unidad Nacional de la Esperanza (UNE), Manuel Pocasangre, Jacqueline España y Elda Nájera, quedaran fuera de la Corte tras la elección final.

Cinco años han pasado de aquella propuesta, y los interesados en mantener el peso de los favores dentro de los procesos, continuaron moviendo los hilos de la justicia, ampliaron sus conocimientos para hacer que el sistema se plegara a sus intereses. Surgieron más universidades que aportaban rectores y decanos a los procesos de elección. Surgieron fuerzas nuevas dentro del Colegio de Abogados y más actores para pelear o pactar el poder.

Al ver la situación actual, Montenegro acepta que el sistema de aplicación de justicia está colapsado. A su criterio, con aquella iniciativa se lograron mejorar algunos aspectos mediante regulación ordinaria, aunque lo ideal sería eliminar por completo las comisiones, para lo cual sería necesario una reforma constitucional. “Con la ley establecimos los pasos mínimos, como que se reunieran dos veces por semana en un espacio público, pero es imposible evitar que antes de esas reuniones, los miembros de la comisión tengan otra reunión en un lugar secreto”, lamenta.

La parlamentaria sugiere que la alternativa sería un organismo transparente y fiscalizado fuera de los poderes del Ejecutivo y Legislativo que se encargara de la elección de cargos como magistraturas del OJ, la CC o el Tribunal Supremo Electoral (TSE), así como  el Fiscal General y otros cargos.

Monterroso, explica que la elección de magistrados en todos los países puede estar amenazada por la politización, pero que hay consejos de magistraturas u organismos similares que se encuentran al más alto nivel, en contraste con Guatemala, donde el Consejo de la Carrera Judicial carece de autoridad.

Por ejemplo, estas atribuciones las tiene en Perú el Consejo Nacional de la Magistratura, un organismo constitucional autónomo, integrado por fiscales, representantes del Organismo Judicial, de colegios profesionales y de universidades, encargado de nombrar y destituir a jueces y fiscales.

La propuesta de una reforma constitucional para un sistema de este tipo no ilusiona a todos. Gerson Sotomayor, analista del Instituto de Estudios Comparado en Ciencias Penales (IECCP), opina que en este momento esa alternativa no es viable porque serían los mismos actores señalados los que tomarían el control de la Asamblea Nacional Constituyente y tendrían el control de la elaboración de los cambios a la Carta Magna.

Las reformas que Sotomayor sugiere se podrían hacer desde las mismas Comisiones de Postulación. Una de las que considera básicas es que se evalúe de qué ramo es cada plaza que ocupará un magistrado y, por ejemplo, si es de derecho penal, que se identifiquen los jueces que tengan más experiencia en esa especialidad y se escoja entre ellos a los perfiles más adecuados, lo mismo para civil, mercantil, o cualquier otro ramo. 

En su propuesta, estos principios se aplicarían también a los aspectos éticos y de idoneidad, es decir que, por ejemplo, si un aspirante es o fue mandatario o representante legal de una empresa que tiene varias demandas por parte de sus empleados o exempleados, ya sería una razón lo suficientemente fuerte para no colocarlo en una sala de apelaciones del ramo laboral.

El buen juez ideal

¿Cómo se determina si un juez es bueno como para ascender dentro del organismo judicial? A criterio de Javier Monterroso,  la principal característica que debe tener un juez es una buena formación profesional, pero no basada sólo en la universidad, sino en una escuela judicial externa,  sin poner tanto énfasis en las maestrías o títulos —que hasta ahora han demostrado, en algunos casos, ser de dudosa rigurosidad—.

“Recordemos que el trabajo del juez puede ser el que más afecte a un ciudadano. Es por ello que debe estar preparado”, sostiene Monterroso.

Para Juan Manuel Quiñones López, abogado y notario de un bufete particular, una herramienta de referencia de medición puede ser el código de ética profesional que si bien no tiene rango legal coercitivo, establece normas de conducta del abogado y tiene apartados específicos para el jurista que se desempeña como funcionario público, como juez o como magistrado, por lo que constituye uno de los aspectos legales tutelados por el tribunal de honor del Colegio de Abogados y Notarios.

Este reglamento establece, no sólo consideraciones correspondientes al ámbito profesional,   sino que llega también al personal y norma la forma en que el profesional debe desenvolverse en la sociedad. A criterio de Quiñones, no se necesita buscar más. Allí se establece en gran medida cómo debe ser el abogado, el juez y el magistrado. “Lamentablemente es algo que se ve en un semestre en la universidad y los abogados nunca más vuelven a utilizarlo”, sentencia.

Aunque los sistemas de evaluación de las Comisiones de Postulación califican aspectos como “la reconocida honorabilidad” y revisan el cumplimiento de normas éticas mediante las impugnaciones que los ciudadanos pueden hacer a las candidaturas, es finalmente el aspecto académico y el desempeño profesional — que para magistrados se basaban en 60 puntos de 100, y en la elección para Fiscal General representaron el 90% del punteo — los que determinan la posibilidad de un aspirante para convertirse en juez.

Monterroso coincide con Quiñones en la importancia de la ética en la elección de un magistrado. Si bien el código de ética no es una ley con sanciones, sí hay otras regulaciones como La Ley de Probidad que permitiría sancionar acciones indebidas de los jueces.

¿Punteos objetivos?

La Ley de Comisiones de Postulación establece también una serie de mecanismos para evaluar a los aspirantes y determinar por medio de datos concretos quiénes son los más indicados para ocupar los puestos. En 2009 se estableció una tabla de gradación con puntos de uno a 100, según rangos por logros académicos, trayectoria profesional y cualidades humanas de los aspirantes. Así lo hicieron también las comisiones de 2014. Sin embargo, este método no está exento de manipulaciones.

”Parece un marcador de fútbol”, expresa Yolanda Pérez Ruiz, quien fue aspirante a una magistratura en la CSJ en el proceso recién concluido. Pérez Ruiz ya fue presidenta de la Corte Suprema de Justicia y del Colegio de Abogados. Además fue abogada de la Comisión Internacional Contra la Impunidad en Guatemala (Cicig) y viceministra de apoyo a Seguridad y Justicia del Ministerio de Gobernación, de 2010 a 2011, durante el Gobierno de Álvaro Colom. Pérez Ruiz opina que el problema es que no existe un perfil definido de cómo debe ser un juez, y de cuáles deben ser los méritos para ascender en la carrera judicial a una magistratura y al final se trata de presentarles a los comisionados, y luego al Congreso, la mayor cantidad de diplomas que acrediten logros académicos sin indagar más si el poseedor de esos títulos es una persona calificada para el puesto. “Se basan en breves entrevistas, en preguntas superficiales”, lamenta.

A criterio de Monterroso, esperar del Congreso una decisión técnica para nombramientos de este tipo “es como pedirle peras al olmo”.

Sin embargo, Guatemala no es el único país en el que la elección de magistrados está a cargo del poder legislativo y esto hasta representa una tendencia en varios países de la región, como México, El Salvador y Costa Rica. Hay excepciones como Bolivia, donde estos cargos se eligen popularmente, entre candidatos aprobados por la Asamblea Legislativa; en otros países, la decisión final le corresponde al Ejecutivo.

Este es el caso de Argentina, donde es el presidente de la República quien nombra a los magistrados de la Corte Suprema de Justicia, con el beneplácito de dos terceras partes de los senadores que asistan a la sesión correspondiente. La nómina está a cargo del Consejo de la Magistratura, que además tiene la facultad de nombrar y juramentar jueces. En Chile, la decisión del presidente se basa en una nómina enviada por la misma CSJ.

Los jueces frustrados

A mediados de septiembre pasado, Pérez Ruiz, decía estar satisfecha de que su puntaje estuviera en el puesto 23 de los 105 nombres entre los que la comisión seleccionaría 26 para enviar al Congreso. Sin embargo, estaba segura de no quedar entre los 13 magistrados electos. Según sus declaraciones, esto era porque no estuvo dispuesta a pactar o deber un favor con su elección. El tiempo le daría la razón, pues en la elección del 25 de septiembre ni siquiera llegó a estar en el listado que conocieron los diputados.

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Casos similares ya se habían registrado. Uno de ellos es el de Marco Antonio Villeda, juez de Extinción de Dominio, quien participó en 2009 para el cargo de Fiscal General. No logró llegar, pero sí colocarse entre los tres aspirantes mejor evaluados con 70.88 puntos.

En 2014 volvió a participar para el puesto. Después de ser escuchado por la postuladora se veía seguro y declaró sentirse confiado de que fueran serían sus méritos los que influirían en la decisión de los encargados de escoger la terna que se enviaría al Presidente. Sin embargo, esta vez, con cinco años más de experiencia, sólo consiguió 36 puntos, aun cuando los aspectos evaluados (ética, proyección humana, desempeño profesional y formación) fueron los mismos que cinco años atrás. Su optimismo con respecto a las elecciones futuras se vio afectado al verse excluido de la contienda por esa calificación.  “Así mejor ya ni participo en la próxima, porque no sé ni cuántos puntos menos voy a obtener”, bromeó.

En realidad sí participó en otro proceso, en el más reciente para las salas de la Corte de Apelaciones, pero tampoco quedó entre los elegidos. El juez estuvo en el grupo que apoyó a Escobar Mejía en su denuncia contra el proceso de selección.

Los que no ascienden

A criterio de Yolanda Pérez Ruiz, lo más denigrante que puede haber para un ciudadano es tener que llegar a “la Novena avenida” (el Congreso) a pedir apoyos políticos en busca de la elección de un cargo. Y es que aun si un juez lograra un resultado favorable en la comisión postuladora para convertirse en magistrado,  su nombramiento no está garantizado, pues la decisión final la tiene el Legislativo, un ente que el mismo Gudy Rivera definió como político por excelencia en su conversación con Escobar Mejía.

Uno de los casos que evidenciaron el poder del Congreso en la más reciente elección fue el de candidata que resultó mejor calificada por la postuladora (95 puntos), María Consuelo Porras Argueta, quien no consiguió los 80 votos necesarios por parte de  los diputados para convertirse en magistrada titular de la CSJ. Este objetivo sí lo alcanzó Ranulfo Rafael Rojas Cetina, el aspirante con la menor cantidad de puntos (73) de la nómina que recibió el Legislativo.

En otros casos, los reconocimientos ni siquiera son suficientes para llegar a la nómina que recibe el Congreso. Un ejemplo de ello es el de Miguel Ángel Gálvez, pese a que hay quienes lo consideraban uno de los perfiles sobresalientes para una magistratura. Entre ellos, la columnista de Prensa Libre, Marielos Monzón.

Monzón resalta que en su carrera como juez en Chiquimula, Gálvez no tuvo problema para emitir resoluciones contra organizaciones del narcotráfico y el crimen organizado, pero que su carrera se empezó a ver afectada cuando llegó al Juzgado Primero B de Mayor Riesgo, donde además de los casos contra el narcotráfico tuvo que decidir sobre procesos relacionados con violaciones a derechos humanos, como el juicio contra el exjefe de Estado Efraín Ríos Montt. “Con esas resoluciones tocó intereses de algunos grupos y por eso quedó fuera”, expresa la periodista.

El día de la elección de magistrados de la CSJ en el Congreso, los nombres de los candidatos que había acordado la coalición entre el PP y Libertad Democrática Renovada (Lider) empezaban a circular en unas listas improvisadas.

Al ser consultado un diputado oficialista sobre la posible ausencia de Gálvez respondió:

—¿Y él quién es?

—Es el juez que envió a juicio a Ríos Montt y ligó a proceso a Byron Lima.

—Entonces ni siquiera lo busquen en esas listas. Es seguro que no está.

El congresista tenía razón. Su nombre no aparecía.

Entre quienes han visto de cerca el trabajo de Gálvez se encuentra Carlos Menocal, Ministro de Gobernación durante los dos últimos años del gobierno Colom, su relación se dio en el marco del trabajo de la Unidad de Métodos Especiales, en la que colaboran el Ministerio Público y la Policía Nacional Civil en el combate al crimen organizado, y sus formas de investigación pueden incluir las escuchas telefónicas con la autorización de un juez competente.

Menocal recuerda que el “apoyo total” de los tres jueces  —Gálvez entre ellos— con los que trabajó en la unidad, fue determinante en la resolución de casos de alto impacto relacionados con el narcotráfico, detención de capos extraditables, incautación de droga, la anticipación a la “narcofiesta” de julio de 2012 en Ixcán Quiché que dejó la captura de 11 supuestos Zetas, incautaciones de droga y desarticulación de bandas de secuestradores y de extorsionistas, entre otros, sin que en ningún momento hubiera una filtración.

Para Sotomayor, Gálvez es una de las víctimas del sistema de elección, pues ser independiente implica que lo que menos se tienen son vínculos políticos, sin los que es más difícil llegar a una Sala de Apelaciones o a la CSJ. El analista agrega que, por el contrario, los fallos independientes tienden a generar enemigos políticos, que muchas veces tienen el poder de influir en los nombramientos.

Se intentó contactar al juez Gálvez para obtener declaraciones sobre el proceso en el que no fue elegido, pero no respondió a las llamadas.

Otro caso, en el que un juez ha sido reconocido por sus labores, pero al mismo tiempo repudiado por sus decisiones es el de Cristina Fernández, presidenta de la Sala Tercera de Apelaciones del Ramo Civil y Mercantil. Monzón resalta también  su caso,  pues considera que no alcanzó la reelección debido a resoluciones en temas agrarios en favor de comunidades de Chuarrancho, Guatemala, y El Estor, Izabal, que hasta le han valido señalamientos a la sala que dirige.

La Sala que preside Cristina Fernández, logró una certificación por calidad administrativa ISO 9001:2008 y se convirtió en la primera sala jurisdiccional de América Latina en obtener un reconocimiento de este tipo.

La certificación tiene como objetivo mejorar los sistemas de gestión de calidad, tanto en empresas privadas como en instituciones públicas. En el caso de la Sala Tercera de Apelaciones, el cambio en el sistema permitió estadísticas más precisas. Fernández indica que la principal ventaja obtenida es la certeza de estadísticas reales.

Según expone, antes de que se implementaran los cambios que le valieron a la Sala la certificación, las estadísticas que se le enviaban al OJ se basaban únicamente en los informes que cada quien enviaba trimestralmente, sin fiscalización ni verificación del trabajo real.

Por medio de un financiamiento obtenido a través de la Agencia de Estados Unidos para el Desarrollo (Usaid), desde el año pasado se empezó a implementar un mecanismo que permite que cada expediente de resoluciones actualice de forma automática el sistema, y de esta forma se tenga la certeza de que toda información correspondiente a los trabajadores de la sala sea “objetiva y fidedigna”.

Los tres magistrados de esa sala, participaron por la reelección en el reciente proceso, pero sólo Érick Gustavo Santiago de León consiguió ser elegido. El pasado 10 de octubre, la Cicig y el Ministerio Público presentaron una denuncia contra este magistrado por corrupción, en la que se le señalaba de haber negociado un fallo por una comisión de Q16 millones.

Cristina Fernández, explica que sólo alcanzó 56 puntos de 100, y eso gracias a 15 que obtuvo por ser presidenta de Sala. Según relata, se favoreció a los abogados litigantes por encima de los jueces. “Si yo me hubiera salido a ejercer la profesión, posiblemente me hubiera ido mejor”, agrega, por lo que cuestiona el valor que tuvo en este proceso la experiencia en la carrera judicial, a pesar de que reconoce que entre quienes lograron la elección también hay buenos jueces.

“La gran pregunta es si existe realmente independencia de los jueces en Guatemala o tienen que preocuparse de las decisiones que emiten porque de ello depende su carrera”, expresa Monzón. Quiñones responde que en este proceso quedó ampliamente evidenciado que esa independencia del poder judicial no existe en Guatemala.

¿Es posible ascender sin ayuda?

Pérez Ruiz considera que hay dos formas de ascender. Una de ellas es por medio de este sistema de contactos, pertenecer a un grupo. “Eso significaría que yo estoy dispuesta a todo porque estuve dispuesta a pagar un precio”, expresa, pero añade que también está la otra modalidad: el trabajo. “He trabajado duro y lo he hecho bien y es algo que me reconocen hasta quienes no me quieren”, puntualiza.

La honorabilidad de los jueces que quedaron fuera ya no es el tema en discusión. La duda ahora es si el proceso de selección de magistrados fue legal o no y  se sabrá cuando la CC  resuelva  de forma definitiva contra él. Lo que sí queda claro es que la carrera judicial no fue el factor que prevaleció en las decisiones de las comisiones de postulación. El modelo, por el momento, provoca que “el buen juez” pase desapercibido en los pasillos de tribunales y que si decide continuar con la carrera, aspirando a puestos más altos, tenga que recurrir a otras argucias que quizás dejen de hacerlo bueno. 

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