Todavía a la espera de la CC
Todavía a la espera de la CC
Si el debate en el juicio por genocidio se anula o no es una cuestión que aún sigue pendiente. Para escuchar a la Corte de Constitucionalidad resolver este asunto aún faltan algunos días. Los magistrados no se han pronunciado sobre la consulta del Tribunal A de Mayor Riesgo presidido por la juez Barrios.
A la mitad del día, un murmullo, ruido. Casi una semana a la espera de una opinión por parte de los magistrados de la Corte de Constitucionalidad parecía concluida, resuelta. La CC, en medio de manifestaciones de oposición o a favor de juzgar el genocidio en Guatemala, finalmente se pronunciaba. Aunque su dictamen, en ese momento, no era para indicar si el juicio en contra de los generales Efraín Ríos Montt y José Rodríguez Sánchez había quedado o no anulado. Para ello, para escuchar la decisión de la CC sobre si la juez Patricia Flores tomó la decisión correcta al retrotraer a noviembre de 2011 el proceso por delitos en contra de los deberes de la humanidad y genocidio o si lo hizo la juez Yassmín Barrios al rechazar esa decisión, aún hace falta un poco más de tiempo.
Antes de que la Corte de Constitucionalidad diera una opinión sobre lo resuelto el pasado jueves por la juez Carol Patricia Flores y su dictamen de “todo anulado” en el juicio en contra de los generales Efraín Ríos Montt y Mauricio Rodríguez Sánchez, los magistrados de la CC decidieron, durante dos días, resolver otros asuntos en torno a este proceso. “Entre ayer y hoy”, indicó el secretario general de la CC, Martín Guzmán, “lo que se resolvió fue una sentencia y seis incidencias procesales”.
Ninguna de ellas hacía referencia a si el proceso en el que se juzga a Ríos Montt y Rodríguez Sánchez tomaba un rumbo distinto al de la pausa en la que se mantiene desde el viernes pasado. “No se ha emitido pronunciamiento en ese sentido, porque no ha sido discutido por ninguna de las vías que la ley dispone”, dijo Guzmán.
El secretario admitió además que hay otras siete gestiones pendientes y “posiblemente estén para resolver la otra semana”. La mayoría de ellas, dijo, fueron recibidas por la CC el pasado viernes, luego de la audiencia en la que el Tribunal de Sentencia A de Mayor Riesgo, órgano que tiene a su cargo el juicio sobre genocidio y delitos contra los deberes de la humanidad en la región ixil, indicara que suspendería el debate y que consultaría a la Corte de Constitucionalidad para saber cuándo reanudarlo.
Esta es la cuestión fundamental que acusados, abogados y jueces esperan que la CC resuelva pronto. De momento, como indica el secretario de la CC, los magistrados no la han discutido dentro de su agenda.
Un día antes de que el Tribunal decidiera pedir esta opinión a la CC para reanudar el debate, la juez Carol Patricia Flores había dictado una resolución que retrotraía todo el proceso hasta el 23 de noviembre de 2011, anulando todo el juicio justo en la fase en que los abogados de la acusación y la defensa plantearían sus conclusiones. Justo antes de que a los acusados Efraín Ríos Montt y José Mauricio Rodríguez Sánchez se les preguntara si deseaban pronunciarse respecto a todas las evidencias presentadas en su contra durante 20 días.
“No recibimos órdenes ilegales. Somos obedientes a la Constitución. Es la CC la única que puede decidir si anula un debate", fue la réplica del tribunal ante lo resuelto por Flores. Y todo, a partir de allí, quedó en suspenso.
“Lo resuelto por Carol Patricia Flores fue una sorpresa para la CC. No lo esperábamos”, respondió ayer Guzmán en nombre de la Corte de Constitucionalidad.
Lo que quedó solventado, hasta ayer, no obstante, fue lo siguiente:
La enemistad de un abogado
El primer día de debate, el pasado 19 de marzo, como pocas veces durante el proceso, alrededor de Efraín Ríos Montt lo que abundaba eran los lugares vacíos. Lugares que siempre –durante 14 meses– habían ocupado sus abogados defensores. Más de seis en algunas ocasiones. Todos, ese día, serían sustituidos por uno sólo: Francisco García Gudiel.
Este fue el preámbulo para uno de los incidentes que resolvió ayer la CC. Gudiel era una especie de as bajo la manga en la estrategia de la defensa. Se encargaría de seguir un guión previamente coordinado por todos los abogados: primero los sustituiría en su totalidad, pediría tiempo para conocer los expedientes, después se presentaría como alguien que con anterioridad había tenido problemas con los jueces del tribunal, luego, por esta enemistad, Gudiel argumentaría que el tribunal –Yassmín Barrios, Pablo Xitimul y Patricia Bustamante– no eran los más indicados para llevar el debate en contra de los generales.
“En efecto”, respondió la juez Barrios, “este tribunal ha tenido anteriormente un problema con usted, abogado; pero este tribunal también ha aceptado sus disculpas. No somos un tribunal rencoroso, básicamente, nuestra tarea ha sido la de contribuir a la transparencia y objetividad de la justicia, pero en este caso el abogado defensor ha creado una situación con ánimo de impedir el desarrollo del debate, como una estrategia dilatoria, en la cual el abogado García Gudiel ya conocía de antemano el nombre de los jueces que integraban este tribunal y, por lo tanto, no es posible aceptar la recusación planteada. En consecuencia se ordena que el abogado salga de esta sala de audiencias. Además, para garantizar el derecho de defensa del acusado (Ríos Montt), este tribunal designa a los abogados César Calderón y Moisés Galindo, en base a su conocimiento del caso, que sean ellos quienes lo representen temporalmente”.
García Gudiel protestó. Su reproche, argumentando que se había negado el derecho de defensa para Ríos Montt, sería conocido semanas más tarde por la CC. La CC decidiría que, en efecto, la defensa del acusado había sido vulnerada. Que el abogado Gudiel tendría que ser reincorporado al debate. Y en consecuencia, la acción del tribunal, quedaría anulada.
Admitir de nuevo a este abogado, es probable que traerá más dificultades procesales. Lo advirtió incluso en la resolución uno de los magistrados. Mauro Chacón razonó su voto. Dijo que se debía mantener la decisión, “firme”, de dejar fuera al abogado Gudiel de todo el proceso. “Una de la obligaciones de los abogados consiste en guardar lealtad procesal a las partes y al tribunal. Y es prohibido a los abogados actuar en los juicios en que el juez tuviere que excusarse o pudiera ser recusado a causa de la intervención del profesional”. Gudiel, como explica Chacón, tenía conocimiento previo sobre quiénes integraban el tribunal, “tenía como deber procesal abstenerse de intervenir en el proceso”. El criterio de los otros magistrados –Héctor Hugo Pérez Aguilera, Roberto Molina Barreto, Alejandro Maldonado Aguirre y Gloria Porras– pesó más que el de Chacón.
Gudiel regresará así al debate, si la CC decide que debe reanudarse. Y Gudiel, en esa fase, estará, además, respaldado por otra resolución de la CC a favor de la defensa, a favor del abogado Moisés Galindo:
Aquel primer día de debate, no sólo Gudiel protestó. También lo hizo Moisés Galindo, cuando el tribunal le obligó a defender a Ríos Montt. “Me niego a defender al general”, reclamó el pasado 19 de marzo. “Además el general tampoco quiere que yo lo defienda. Hay conflictos de intereses en mi representación”, agregó. La CC resolvió también ayer este incidente. A favor de Galindo. Anuló, con ello, prácticamente las más de 5 horas en las que Moisés Galindo defendió a Ríos Montt.
¿Qué sucede luego de estas resoluciones? No mucho se sabe. Con este tipo de decisiones la CC parece generar más problemas de los que soluciona. Si bien cada resolución se enfocan en un incidente dejan de lado buena parte del contexto y de las contradicciones que, al menos en apariencia, surgen tras su decisión. ¿Cómo, por ejemplo, de reanudarse el debate resolverán si el abogado Gudiel recusara de nuevo al tribunal? O más grave: ¿Se regresará acaso todo el proceso a ese primer día de debate, antes de cualquier testimonio, antes de cualquier peritaje? ¿O simplemente se repetirá, sin dejar de lado todo lo demás, aquellas primeras horas en que Ríos Montt no tuvo defensa?
La CC no tiene las respuestas, o no las ha hecho públicas. Ordena cumplir un dictamen, y delega esta responsabilidad a otro órgano administrativo de justicia. En parte a la Sala tercera de apelaciones. En parte al propio tribunal que preside Barrios.
Una orden: Juzgados contra tribunales
Cuando la juez Patricia Flores recibió una orden de la CC, lo que tenía que hacer, dijo, era cumplirla. El pasado 9 de abril, con una resolución emitida seis días antes, la CC había ordenado a la juez Flores resolver y terminar la admisión de pruebas, entre peritos, documentos y testigos, como medios de descargo a favor de la defensa. También la orden incluía que convocara a una audiencia y que solicitara al Tribunal de Sentencia todo el expediente del juicio en el que se intenta probar genocidio y delitos contra los deberes de la humanidad en el área ixil, durante los años de 1982 y 1983.
Cuando Flores solicitó el expediente, le fue negado.
El tribunal A de Mayor Riesgo, presidido por Yassmín Barrios, respondió al juzgado A de Mayor Riesgo (Carol Patricia Flores) lo siguiente: “En resolución del 29 de enero para apertura a juicio, y en cumplimiento con el amparo provisional de la sala cuarta de la CSJ, se establecía que se podrían recibir las pruebas durante el debate. En audiencia de 5 de abril, este tribunal dio cumplimiento a la resolución del 3 de abril de la CSJ, haciendo saber que serían recibidas las pruebas de la defensa durante el debate”.
Ante la negativa del tribunal, César Calderón, defensor de Rodríguez Sánchez, presentó un amparo. La CC lo resolvió y ayer lo hizo público.
La CC “conmina al Tribunal de Sentencia A de Mayor Riesgo, para que en el plazo de dos horas, remita las actuaciones correspondientes a la juez A de Mayor Riesgo. (…) para que pueda dar cumplimiento a lo ordenado en la resolución (del 3 de abril)”.
Es decir, que la CC ordena que una vez entregado el expediente, la juez Carol Patricia Flores debe, en un plazo de entre 24 y 48 horas, repetir la audiencia, la misma audiencia en la que decidió, el jueves recién pasado, anular todo lo actuado hasta antes del 23 de noviembre de 2011.
La misma audiencia por la que la fiscal general, Claudia Paz y Paz, señaló que la juez Carol Patricia Flores se extralimitó en sus funciones. La misma audiencia en la que emitió una orden que luego Barrios tildaría de ilegal.
El magistrado Mauro Chacón también señaló que lo resuelto por la juez podría deberse a una mala interpretación de lo que ordenó la Corte de Constitucionalidad.
Ahora esta audiencia se repite.
¿El cambio?
El tribunal presidido por Barrios, esta vez, está obligado a dar el expediente a la juez Flores, incluir las pruebas de la defensa, y esperar qué decidirá la juez Flores…
Una queja de los querellantes
Luego de oír la decisión de anular todo el debate por parte de la juez Flores el pasado jueves, la fiscalía y los abogados querellantes reaccionaron con una estrategia desde tres flancos. El Ministerio Público interpuso ante la CC un recurso de “debida ejecución”. El argumento de que la juez se extralimitó en su actuación vertebraba su queja, aún irresuelta.
Por su parte, los querellantes adhesivos hicieron lo suyo.
La Asociación para la Reconciliación y la Justicia (AJR), presentó un amparo en contra del dictamen de la juez Carol Patricia Flores. La CC no se ha pronunciado sobre ello todavía.
No obstante, ayer la CC rechazó la parte de esta estrategia a cargo de los querellantes adhesivos del Centro para la Acción Legal en Derechos Humanos (Caldh). Ellos, Caldh, presentaron un “ocurso”, es decir, una queja, también en contra de la actuación de la juez Flores. “(La juez) no cumplió con emitir el pronunciamiento en términos establecidos por este tribunal”, justificó Caldh en su argumentación.
–¿Qué efecto tiene la solicitud de Caldh? –se le pregunta al secretario de la CC, Martín Guzmán.
–El efecto es que la decisión de la juez queda vigente. La solicitud de Caldh no tiene efecto positivo, fue rechazada por no conocer el fondo de su petición. La decisión de la juez queda vigente.
–¿Entonces, queda vigente lo anulado?
–Se podría que sí. La decisión de la juez se mantiene en ese estado del proceso. Sin embargo, hay que recordar que la CC todavía no ha conocido una acción que revierta esa decisión. Es por eso que la CC toma la decisión de ordenar a la juez de Mayor Riesgo A que vuelva a ejecutar la orden del 3 de abril, que admita las pruebas de la defensa –responde Guzmán.
Tiempos y cuestiones caducadas
El tiempo. A la defensa de los generales le ha interesado la forma en que los organismos judiciales han manejado el tiempo. Protestan, por ejemplo, ante la prisa o ante la simultaneidad. Contra la fechas o contra determinados momentos del proceso que, no concluidos, todavía afectan fases posteriores.
La CC conoció otros dos incidentes. Ninguno fue admitido. En uno César Calderón, defensor de Rodríguez Sánchez, indicaba que en la orden del 9 de abril dictada a la juez Carol Patricia Flores, la misma que ahora la obligan a repetir, la CC estaba equivocada.
Calderón cuestionaba este párrafo: “Sin embargo, esta Corte advierte de los antecedentes, que los medios probatorios rechazados a los amparistas, perfectamente pueden diligenciarse dentro del juicio correspondiente sin afectar el inicio del proceso, o, bien, retrotraerlo a etapas ya desarrolladas, situación que sería ilegal”.
El abogado contra-argumentaba que “del párrafo transcrito se entiende que uno y otro momento procesal pueden subsistir al mismo tiempo, lo cual es un error jurídico e ilegal. No pueden darse actos judiciales simultáneos en dos fases distintas”.
La corte rechazó su petición. La orden, explicó la CC en su resolución de ayer, era ya resolver la situación de la pruebas de la defensa, admitirlas, y concluir con esa fase anterior al debate. Y la instrucción fue girada de nuevo a Carol Patricia Flores.
Danilo Rodríguez, defensor de Ríos Montt, presentó también un amparo en el que disentía sobre la fecha de inicio de debate. Se quejaba de que en un inicio el juicio había sido fijado para el 14 de agosto de 2013, pero que “por reorganización de la agenda del tribunal” se adelantó al 19 de marzo de este año. La CC concluyó ayer que era improcedente, que no se podía respaldar como algo que necesitara protección constitucional, y resolvió sin lugar esta petición.
Sentencia Dos Erres: Genocidio
Ríos Montt, en paralelo al caso de genocidio en el área ixil, también es acusado por el caso de 201 campesinos –con nombres, apellidos, fecha de nacimiento y acta de fallecimiento– asesinados en el parcelamiento las Dos Erres, en el departamento de Petén, el 6, 7 y 8 de diciembre de 1982. Efraín Ríos Montt es el acusado por tener a su cargo las fuerzas armadas en ese año. La CC también hizo público ayer cómo resolvió un amparo relacionado a este proceso en el que el general llegó acusado de asesinato y fue la juez Carol Patricia Flores la que reformó el delito por genocidio. El MP criticó esa resolución, en primer lugar, porque la acusación de genocidio tiene derecho a una medida sustitutiva, incluso, arresto domiciliario. “Si la acusación se hubiera mantenido por asesinato, Ríos Montt tendría que haber cumplido con prisión preventiva. Ese fue el detalle de la modificación realizada por la juez Flores”, señaló en ese momento el fiscal Julio Herrera, encargado de ese caso.
La CC resolvió una apelación contra esa sentencia. Ratificó, a petición del abogado defensor Francisco Palomo, la acusación por genocidio en contra de un grupo interno en el caso de las Dos Erres. La CC declaró, además, resuelta la apelación que cuestionaba la sentencia.
¿Reanudación del debate?
El secretario de la CC, Guzmán, recalca que hasta el momento, ninguno de los magistrados ha conocido ninguna “acción idónea sobre el tema de la suspensión del debate”. Pero insiste en que todavía hay más de media docena de gestiones pendientes, entre las cuales podría estar una cuestión sobre la validez de amnistía con relación a la Ley de reconciliación nacional, y desde luego la solicitud del Tribunal A de Mayor Riesgo para que la CC emita una opinión sobre la reanudación del debate.
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