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Entre varias actividades en torno a la transmisión de mando presidencial, puede mencionarse los saludos a las misiones diplomáticas por parte del presidente saliente y del entrante, la cena ofrecida por el nuevo presidente a los jefes de Estado visitantes, reuniones bilaterales con algunos de ellos, etc.[1]

Por ejemplo, el 15 de enero de 1986, con ocasión de la investidura del presidente Cerezo, se da la primera reunión con presidentes centroamericanos sentando las bases para la cumbre llamada Esquipulas I, importante antecedente de los procesos de paz en la región[2].

Para la toma de posesión de Jimmy Morales, por iniciativa del presidente Maldonado Aguirre que el mandatario entrante aceptó, se dispuso que el traspaso de mando y actos relacionados fueran más sencillos. Así, por ejemplo, se tuvo menos invitados, la cena y recepción se cambiaron por un vino de honor, etc.[3].

Los actos también suelen acompañarse de fiestas populares con música en vivo, fuegos artificiales, etc. La toma de posesión de Vinicio Cerezo tuvo la especial connotación de culminar un proceso de transición e inaugurar una nueva era constitucional. El Editorial del Diario Oficial lo remarcó con palabras casi místicas y poéticas: «el pueblo desbordó las calles para manifestar su presencia soberana (…) y para ejercer esa olvidada liturgia de manifestarse en libertad»[4].

Los festejos usualmente se concentran en la Plaza Mayor de la Constitución. En el caso de Otto Pérez, dado que su juramentación se hizo en el Domo Polideportivo, el nuevo presidente saludó al pueblo en la llamada Calle de los Museos en zona 13[5].

Reflexiones finales

Los actos del 14 de enero se hacen cumpliendo lo que ordena la Constitución de 1985, actualizando periódicamente la voluntad popular expresada a través de representantes electos por 78 % de los ciudadanos empadronados en 1984.

La elección de Asamblea Nacional Constituyente se dio «en un proceso eleccionario en el que participaron 17 partidos políticos y en un ambiente de la mayor libertad y respeto»[6]. Se votó más en los municipios con mayor población indígena, alfabeta y urbana, y por encima del promedio nacional en los de mayoría indígena y que sufrieron mayor violencia durante el enfrentamiento armado. El 1º de julio, día en que se eligió la Constituyente, es aniversario de la Declaración de Independencia Absoluta de 1823. En 1984, los altos índices de participación refrendaron el deseo del pueblo guatemalteco de vivir en democracia y orden constitucional[7].

Las elecciones de 2023 nos recordaron, muy vivamente, que la democracia y el orden constitucional no están dados de una vez por todas: requieren compromiso y reconquista continuas, en cada momento, en cada generación. Vienen a mi mente las palabras de Roberto Carpio Nicolle en la ceremonia de firma de la Constitución:

Es indispensable que el guatemalteco estudie su Constitución, que se divulgue ampliamente en todos los estratos de la sociedad, para que, conociéndola bien, pueda ampararse en ella y exigir su cumplimiento. La democracia es frágil cuando no está en el corazón y en la mente del pueblo[8].

Las ceremonias de transmisión de mando presidencial, más que formalidades externas, son un recordatorio, una enseñanza, de los valores y aspiraciones más altos que como sociedad nos hemos trazado. Siempre sujetos a debate, a perfeccionamiento, a transformación, incluso a interpretaciones distintas y opuestas, pero que, al buscar construir una democracia republicana, ofrecen la promesa de dirimirlas en paz y libertad, no por la imposición violenta de la voluntad de unos sobre otros.

El mismo día que se firmó la Constitución, se publicó en un diario la opinión del jurista Edmundo Vásquez Martínez –quien llegaría a presidir la Corte Suprema de Justicia y la Corte de Constitucionalidad en la nueva era democrática– afirmando:

Únicamente teniendo presentes esos «valores superiores» o esas «normas básicas» que están contenidas en los artículos 1 y 2 de la Constitución[9] a punto de promulgarse, se le imprimirá a todo el edificio constitucional un sentido nuevo y plenariamente encaminado a la conquista de los fines que constituyen en la actualidad el mínimo indispensable para la convivencia civilizada de los guatemaltecos.

Solamente teniendo presentes «los valores superiores» de la Constitución, haciendo uso de ellos al interpretar las leyes y orientando la legislación y la ejecución de las normas constitucionales según esos valores, se hará de la Constitución una Constitución vivida y significativa en la conquista de la democracia[10].

Cumplir y velar por que se cumpla la Constitución no es solamente tarea del Presidente y demás funcionarios públicos. Es un deber y un derecho que la Constitución misma atribuye a toda la ciudadanía.

Ciudadano, ciudadana: ¿jura usted…?

 

[1] Cfr. Diario de Centro América, 15 de enero de 1986, p. 5; 12 de enero de 1996, p. 8; 14 de enero de 2000, p. 2; 14 de enero de 2004, p. 2.

[2] Cfr. Sistema de la Integración Centroamericana (SICA), Paz en Centroamérica: Acuerdos de Esquipulas I y II.

[3] Cfr. Diario de Centro América, 14 de enero de 2016, p. 4.

[4] Cfr. Diario de Centro América, 15 de enero de 1986, p. 3.

[5] Cfr. Diario de Centro América, 16 de enero de 2012, p. 5; 15 de enero de 1986, p. 2, 5.

[6] Comisión Interamericana de Derechos Humanos, Tercer informe sobre la situación de los derechos humanos en la República de Guatemala, 3 de octubre de 1985, Capítulo I, párrafo 6.

[7] Cfr. Sáenz de Tejada, Ricardo, Elecciones, participación política y pueblo maya en Guatemala, Universidad Rafael Landívar, 2005; Dabroy Araujo, Edwin Jahir, El momento fundacional del Estado contemporáneo en Guatemala: el camino de la transición democrática y su incidencia en el tiempo, Consejo Latinoamericano de Ciencias Sociales (CLACSO), 2014.

[8] Discurso del presidente Roberto Carpio Nicolle, en Asamblea Nacional Constituyente, Diario de Sesiones, Tomo IV, No. 85 “A”, 31 de mayo de 1985, Congreso de la República, 2011, p. 22.

[9] “Artículo 1°. Protección a la persona. El Estado de Guatemala se organiza para proteger a la persona y a la familia; su fin supremo es la realización del bien común”; “Artículo 2°. Deberes del Estado. Es deber del Estado garantizarle a los habitantes de la República la vida, la libertad, la justicia, la seguridad, la paz y el desarrollo integral de la persona”.

[10] Vásquez Martínez, Edmundo, ‘Los valores superiores en la Constitución de 1985’, La Hora, 31 de mayo de 1985, p. 11.

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