La canciller Sandra Jovel Polanco notificó el lunes 7 de enero al secretario general de las Naciones Unidas, António Guterres, la decisión unilateral del Gobierno de Guatemala de dar por terminado el acuerdo de creación de la Comisión Internacional contra la Impunidad en Guatemala (Cicig). Durante una conferencia de prensa expuso una serie de motivos que habrían llevado al presidente Jimmy Morales a tomar esa decisión.
Una hora después, en una especie de performance político, en el Palacio Nacional de la Cultural, Morales, flanqueado por sus ministros y secretarios, ratificó lo anunciado por Jovel, repitió algunos de los argumentos de su canciller y ahondó en otros. Como justificación principal de su decisión de deshacerse de la Cicig, invitó a algunas de las supuestas víctimas de las investigaciones que esa comisión de las Naciones Unidas ha realizado, para que hablaran sobre los presuntos vejámenes de que fueron objeto.
Plaza Pública verificó cinco de los argumentos expuestos por Morales y Jovel durante sus intervenciones para justificar la terminación unilateral del acuerdo de la Cicig.
Se consultó al secretario de Comunicación de la Presidencia, Alfredo Brito, sobre las fuentes que utilizó el presidente Morales para fundamentar sus aseveraciones, a lo que respondió: “El señor presidente habló y no tengo comentarios”. Se pidió que remitiera a alguien que pudiese contestar y dejó de responder mensajes y llamadas. Lo mismo se hizo con la vocera del ministerio de Relaciones Exteriores, Martha Larra, sobre lo indicado por la Canciller durante la conferencia de prensa ofrecida en Nueva York. En una primera llamada, la funcionaria ofreció a indagar sobre ello, pero después se abstuvo de responder.
1) Durante su intervención, el presidente Jimmy Morales aseguró que “ha habido muertes por el abuso de prisión preventiva y el uso de prisión como especie de tortura para ciudadanos guatemaltecos (de parte de la Cicig)”.
Esa aseveración del mandatario es falsa. La Cicig ni el Ministerio Público tienen potestad para decidir si una persona ligada a proceso es enviada a prisión preventiva o beneficiada con una medida sustitutiva. Esa facultad única y exclusivamente la tienen los jueces. Según la legislación penal guatemalteca, son los jueces los que determinan el desinto de los sindicados, de acuerdo con las evidencias presentadas por la fiscalía y la gravedad de los delitos.
Elvyn Diaz, del Instituto de Estudios Comparados en Ciencias Penales de Guatemala, añade que solo un 1 % de todos los sindicados en procesos judiciales en los que participa la Cicig se encuentran en prisión preventiva. Según un estudio publicado por el Centro De Investigaciones Económicas Nacionales (CIEN) en noviembre de 2018, el 48 % de los 24,400 privados de libertad recluidos en las cárceles del país se encuentran en situación de “prisión preventiva”; cuatro puntos arriba del promedio latinoamericano de privados de libertad no condenados, que se ubica en 44 %. Según el mismo estudio, de las personas en prisión preventiva, 210 son sindicadas dentro de los casos investigados por la Cicig, es decir, un 0.84 % del total.
Según datos del Sistema Penitencio, de las 845 personas sindicadas en casos en los que participa la Cicig, 635 gozan de medidas sustitutivas.
El abogado Julio Barrios Prado, ex miembro de la FECI, asegura que no se puede responsabilizar a la Cicig y al Ministerio Público por el fallecimiento de las siete personas que han muerto estando en prisión preventiva, porque la protección y cuidado de los privados de libertad corresponde a la Dirección General del Sistema Penitenciario, la cual forma parte del Ministerio de Gobernación el que a su vez forma parte del Ejecutivo que preside Morales.
2) Morales aseguró que los hermanos José Eduardo y Francisco José Valdés Paiz fueron “vinculados y acusados ilegalmente del asesinato del empresario Rodrigo Rosenberg y fueron absueltos por no haber podido sustentar la acusación penal”. Esta aseveración del mandatario también es falsa, ya que los hermanos Valdez Paiz no han sido absueltos de los cargos que les imputan la Cicig y el Ministerio Público. En cualquier caso, una absolución, que ni siquiera se ha dado, no convierte en ilegal una acusación.
El caso en contra de los hermanos Valdés Paiz se encuentra abierto en la fase intermedia en el Tribunal Primero de Sentencia Penal, y según Díaz, “aún pueden enfrentar debate oral y público”. El fiscal Sandoval explica que este caso no ha avanzado debido a la cantidad de recursos e impugnaciones de las que ha sido objeto por parte de la defensa y la Fiscalía, y señala que el futuro del este depende de la resolución definitiva de un amparo solicitado ante la Corte de Constitucionalidad.
De las 13 personas procesadas por el caso Rosenberg, nueve fueron condenadas por los delitos de asociación ilícita y asesinato, otras dos beneficiadas con el criterio de oportunidad, y las dos restantes (los hermanos Valdés Paiz) siguen ligadas a proceso.
3) El presidente también utilizó el caso seguido en contra del exministro de Gobernación, Carlos Vielmann, por las supuestas torturas a las que habría sometido a varios privados de libertad. Morales aseguró que “la Cicig y el Ministerio Público violentaron sus derechos (de Vielmann) cuando fue capturado, enviado a prisión provisional”, a pesar de que “años atrás fue enjuiciado y absuelto por la audiencia española en 2017”. Lo asegurado por el mandatario respecto a este caso también es falso. Según la FECI, el caso por el que Vielmann fue enjuiciado y absuelto en España es diferente a los hechos que se le señalan en el nuevo proceso; no se le violentaron sus derechos porque fue detenido con orden judicial y presentado de inmediato ante el juzgado correspondiente. Además de que fue una jueza, tal y como lo establece la ley (y no el Ministerio Público ni la Cicig) la que ordenó la prisión preventiva en su contra.
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Según Juan Francisco Sandoval, el error común del presidente Morales ha sido atribuirle a la Cicig la potestad de ordenar la prisión provisional cuando es a los jueces a quienes les corresponde hacerlo. El proceso es el siguiente, explica: El Ministerio Público solicita a un juez la medida preventiva por considerar que existe peligro de fuga o por la gravedad de los delitos, pero es el juez, y nadie más que el juez, quien determina si es procedente enviar al sindicado a prisión preventiva o concederle una medida sustitutiva. La Fiscalía y la Cicig pueden impugnar la decisión, pero no pueden decidir.
Las falsedades de la Canciller
1) La canciller, Sandra Jovel Polanco, durante la conferencia de prensa ofrecida en la sede las Naciones Unidas en Nueva York, tras reunirse con el secretario general de ese organismo internacional, António Guterres, aseguró que la Cicig “desafió a las autoridades guatemaltecas haciendo uso de fallos ilegales dictados por un órgano del estado de Guatemala”, en referencia a las resoluciones de la Corte de Constitucionalidad. La aseveración de la Canciller es falsa porque la Cicig no ha desafiado a las autoridades, sino que se ha ceñido a lo que establece el acuerdo de su creación suscrito entre el gobierno guatemalteco y la secretaria general de las Naciones Unidas. También es falso que los fallos emitidos por la Corte de Constitucionalidad respecto a la protección de los derechos del comisionado Iván Velásquez y de los investigadores de la comisión sean ilegales, puesto que, según la Constitución, a esa instancia a la que le corresponde interpretar la Carta Magna y garantizar los derechos de los guatemaltecos. El abogado constitucionalista Alexander Aizenstand asegura que no es competencia de Jovel Polanco determinar si los fallos de la Corte de Constitucionalidad son legales o ilegales.
2) Jovel Polanco también aseguró que la Cicig “fue creada para combatir los cuerpos ilegales y aparatos clandestinos incrustados en el estado, lo cual después de 11 años tres meses no logró realizar”. Este dictamen es también falso. De septiembre de 2007 (cuando se estableció en el país) a la fecha, la comisión ha colaborado con el Ministerio Público en la investigación y desmantelamiento de estructuras criminales que operaban dentro de las instituciones del Estado y que procuraban impunidad para su propio beneficio. Como producto de ello han realizado más de un centenar de investigaciones que se han convertido en causas penales por casos de corrupción, lavado de dinero, financiamiento electoral ilícito, entre otras, las cuales han implicado a funcionarios, políticos, militares, empresarios y particulares. Más de 800 personas han sido sindicadas de diversos delitos por pertenecer a cuerpos ilegales y aparatos clandestinos de seguridad, y al menos en 40 casos se han obtenido ya sentencias, según los informes anuales publicados por la Cicig.
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