Por primera vez en la historia jurídica de Guatemala, un tribunal dio la razón a las comunidades indígenas y campesinas que durante años han denunciado la “criminalización” de sus líderes, para detener las luchas emprendidas en oposición a los megaproyectos, la defensa del territorio y los recursos naturales. Al absolver a los siete líderes sociales de Huehuetenango, que fueron sometidos a un proceso penal prolongado y lleno de anomalías, el Tribunal A de Mayor Riesgo, determinó que los empresarios de la hidroeléctrica y operadores de justicia promovieron una estrategia para criminalizar la lucha social de las comunidades indígenas de Huehuetenango. “En los hechos juzgados no se produjeron delitos. Se dieron acciones que dan a conocer la conflictividad entre los pobladores, que los ha llevado a ejercitar los derechos de asociación, libre expresión del pensamiento y protesta en forma pacífica”, explicó la jueza Yassmín Barrios, presidenta del tribunal, al leer la sentencia.
Durante más de un año, la Fiscalía mantuvo sometidos a proceso penal a Arturo Pablo Juan, Sotero Adalberto Villatoro, Francisco Juan Pedro, Mynor López Barrios, Bernardo Ermitaño López, Domingo Baltazar y Rigoberto Juárez, por las acusaciones de detención ilegales, coacción, instigación a delinquir y amenazas. Lázaro López, el fiscal que representó al Ministerio Público durante el juicio y que conoció el caso apenas tres semanas antes de que éste iniciara, considera que la sentencia contiene vicios —como que los jueces no dieron valor probatorio a todos los testimonios—, y por lo tanto, procedería una apelación del Ministerio Público (MP).
Después de conocer la sentencia, los familiares de los líderes comunitarios se acercaron a la reja que los separaba de abrazar a sus padres, esposos e hijos. Uno a uno fueron saliendo de la carceleta de la sala de audiencias, levantando las manos engrilletadas, mientras el público aplaudía y gritaba: “Libertad”. Pocos medios de comunicación estuvieron durante el desarrollo del juicio. Los medios comunitarios y observadores internacionales resaltaron que las acusaciones a los sindicados fueron un castigo a la resistencia que dirigen. El pasado 14 de junio, la Oficina Nacional de Prevención de la Tortura y otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes, dijo que los entonces detenidos podrían considerarse como “presos políticos”.
1. El tribunal considera que fueron presos políticos
Los acusados son representantes de comunidades del norte de Huehuetenango, que formaron una resistencia en oposición a los megaproyectos en sus territorios. “En varios momentos se ha olvidado a Huehuetenango, pero ahora es útil por sus recursos naturales. Los grandes proyectos han hecho que las comunidades pidan a sus líderes que intervengan en su defensa”, argumentó la jueza Barrios en sus conclusiones, dando validez al rol en sus comunidades de los que luego declararía inocentes.
El norte de Huehuetenango es una zona en conflictos. Desde 2006, los pobladores respondieron con un “no” a las empresas que veían en el departamento una zona de inversión para la generación de energía eléctrica, por medio de una consulta popular, basada en los establecido en el Convenio 169 de la OIT. Pero las consultas comunitarias no están reguladas en Guatemala. La Corte de Constitucionalidad (CC) ha exhortado al Congreso de la Republica a legislar al respecto para determinar cuándo, dónde y cómo se deben realizar las consultas comunitarias, así como los efectos vinculantes de las mismas.
Hidro Santa Cruz surgió de la empresa española Hidralia Energía Ecoener. Llegó a Huehuetenango en 2011 para implementar dos proyectos hidroeléctricos menores de cinco megavatios: Cambalam I y II. Una inversión de US$8 a US$10 millones por cada proyecto.
“Hay toda una conflictividad en el territorio generada por la llegada de estas empresas, que ha provocado el rompimiento del tejido social”, dice Rigoberto Juárez, representante del Gobierno Plurinacional (GP) de Huehuetenango, uno de los líderes absueltos el 22 de julio, tras conocer el fallo del tribunal.
Los proyectos fueron autorizados por el Ministerio de Energía y Minas (MEM), a pesar de la negativa de los pobladores. “Nosotros nos basamos en criterios técnicos. La empresa tiene su EIA y demás requisitos en orden. Tenemos disposición de diálogo con las comunidades, pero no podemos cancelar las licencias por la conflictividad”, dijo René Rodríguez, vocero del MEM. En la actualidad, la hidroeléctrica tiene un proyecto cancelado –la empresa desistió del proyecto en 2014– y otro vigente, pendiente de entrar en operaciones.
Plaza Pública intentó contactar con un representante de la empresa Hidralia Energía Ecoener, pero no accedieron a dar entrevista.
Al día siguiente empezaron las detenciones, se abrieron casos judiciales a 23 líderes comunitarios acusados de ser los supuestos responsables de esta acción. Varios de los líderes estaban presos o huían para que no les detuvieran. Después de meses de desgaste e incertidumbre, se cerró provisionalmente el caso 65/201258. El Ministerio Público (MP) no fue capaz de demostrar ninguna de las acusaciones en contra de los señalados.
Esto le dio un empujón a la lucha de las comunidades. Inspirados en la resistencia de La Puya, en abril de 2013 inauguraron el plantón en el camino que conduce hacia las instalaciones de Hidro Santa Cruz, para impedir el paso de maquinaria, vehículos y trabajadores. El 22 de abril, empleados de la hidroeléctrica y personas que protestaban en el área conocida como “La Resistencia”, tuvieron un enfrentamiento. Los 10 empleados de la hidroeléctrica aseguraron que fueron retenidos y obligados a firmar un acta donde renunciaban a sus empleos. Por estos hechos se acusaba a Arturo Pablo Juan, Sotero Adalberto Villatoro, Francisco Juan Pedro, Mynor López Barrios. “No dudamos que existió tensión. Sin embargo, es de reconocer que la responsabilidad penal es de carácter personalísima. Por lo tanto, a los acusados no se les puede atribuir actos o acciones de las personas a quienes acompañaban”, indicó la jueza.
Los disturbios continuaron en Huehuetenango. La presencia policial y los destacamentos militares se asentaban en las comunidades. Los pobladores bloquearon las carreteras en señal de protesta ante la represión de las fuerzas de seguridad. El entonces ministro de Gobernación, Mauricio López Bonilla, acordó la retirada de policías y militares de Barillas, eliminar las órdenes de captura vigentes contra líderes comunitarios, y el desbloqueo de las vías de comunicación. En Barillas la resistencia de Poza Verde se instaló, pero el ambiente social se había tensado en otros municipios. Marchas pacíficas para protestar contra la presencia de las hidroeléctricas se transformaron y terminaron en quema de maquinaria en Santa Eulalia y en Pojom.
2. Perito y defensa hablan de estrategia de cooptación de las comunidades
El antropólogo Santiago Bastos, perito experto presentado por la defensa, explicó al tribunal la técnica que utilizó la hidroeléctrica como “cooptación comunitaria” o “captura comunitaria”. Ésta consiste en romper la unidad de la población. Lo primero es ubicar a los líderes y tratar de alinearlos a sus intereses económicos, de no logarlo se inicia con la persecución penal. Denuncias infundadas que buscan criminalizar a las personas y someterlos a procesos judiciales tardados. El objetivo es paralizar el movimiento de oposición.
La estrategia de persecución de la empresa Hidro Santa Cruz, según Bastos, comenzó después del enfrentamiento entre los manifestantes y los empleados de la hidroeléctrica. Los 10 empleados se constituyeron como querellantes del caso. El representante de la empresa, Victor Hugo Ma Villatoro, los asesoraba y llamaba para asistir a las audiencias. Desde 2013 a junio de 2016 los querellantes siguieron recibiendo un salario por parte de la empresa. Uno de los abogados defensores cuestionó por qué razón les seguía pagando si ya no trabajaban en las instalaciones de la hidroeléctrica. “Yo digo que era para mantenernos para el proceso”, dijo Domingo Esteban Pedro, uno de los empleados, durante el juicio.
El siguiente paso fue la criminalización. El informe: “Estructura Criminal, conflicto social en Huehuetenango”, de mayo 2014, retrata a los líderes comunitarios de Huehuetenango como personas violentas, delincuentes, opositores del desarrollo. Se describe un perfil de cada uno, con fotografía y acta de nacimiento. El informe no tiene firma. Pero un oficio de la fiscalía de Derechos Humanos identifica como autor al abogado Victor Hugo Ma Villatoro, quien asesoraba y prestaba servicios profesionales a Hidro Santa Cruz.
Ma Villatoro negó ser el autor del informe, aunque el Ministerio Público asegura que fue él quien lo entregó. Lázaro López, fiscal del caso, no ve ningún problema en recibir ayuda del abogado. “La ley dice que el querellante adhesivo puede colaborar y coadyuvar en la investigación. No es una investigación paralela. Es un referente. Nosotros no lo incluimos en las pruebas porque no lo consideramos importante”.
Hidro Santa Cruz quería empezar a operar, pero sus planes no llegaban a materializarse. Los empleados de la hidroeléctrica explicaron que no podían hacer nada. “Empezábamos a construir algo y los que protestaban lo destruían. Intentamos arreglar la carretera para que pasaran la maquinaria y ellos la arruinaban. Todo lo destruían o quemaban”, decía ante el Tribunal un empleado de la hidroeléctrica.
Tras dos años, la empresa sólo pudo construir un muro, una garita y algunas oficinas administrativas en las instalaciones de la hidroeléctrica. Tenían que buscar una estrategia que les permitiera tener el camino libre e impedir la movilización de la oposición.
3. Algunas acciones no tienen justificación
Al momento de emitir sentencia, hubo desacuerdos entre los juzgadores. Los jueces Gerbi Sical y Patricia Bustamante consideraron que Bernardo Ermitaño López fue responsable de obstaculizar la justicia. Los empleados del Centro de Administración de Justicia (CAJ) lo acusaban de convocar a la gente a manifestar contra una resolución y coaccionar al juez Luis Fernando Zamora.
“No hay ninguna justificación, aunque yo sea defensor de los derechos humanos, no me legitima para venir a una institución del Estado a tratar de desvirtuar una resolución”, argumentó Gerbi Sical, vocal del Tribunal. López fue condenado a tres años de prisión conmutable. El Tribunal hizo la equivalencia por los 18 meses que permaneció en prisión preventiva, decretando su inmediata liberación.
A petición del juez Sical, Rigoberto Juárez fue declarado culpable del delito de coacción al juez suplente Marlon Olivares Interiano. Le fue impuesta una pena de seis meses de prisión. También quedó en libertad debido a que ya había pasado más 18 meses en prisión preventiva. Sical comentó que estuvo como juez suplente de primera instancia en el CAJ durante un mes. “Tuve conocimiento de que sí ha habido problemas. En este caso no se llegó a más. Si no fueran otras responsabilidades. Tal vez pudo haber una decisión mala del juzgado, pero el medio era hacer la apelación y que la misma sala resolviera”.
Rigoberto Juárez argumenta que participó como mediador durante la protesta de los pobladores. “¿Qué haces si alguien entra a tu casa y dice que te tienes que ir porque le gusta tu casa y la quiere?”, pregunta y responde: “Defiendes lo que es tuyo como puedes. Sí hubo manifestación, como en todas las manifestaciones hubo insultos y gritos. Pero después vienen a decir que los secuestramos”.
El Ministerio Público esperaba una resolución distinta del Tribunal. “Hubo dos sentencias condenatorias, pero no es suficiente para un caso de esta magnitud”, dijo Lázaro López, fiscal del caso.
4. Hay una estrategia de criminalización de la protesta
Son varias las comunidades que se encuentran en resistencia en Guatemala. La Puya se ha convertido en un ícono del rechazo a los proyectos extractivos. El año pasado, cuatro comunitarios de la Puya fueron absueltos por un Tribunal. Se les acusaba de retener a empleados de la minera El Tambor. En el departamento de Santa Rosa y Jalapa también existe conflictividad por la mina San Rafael. Los hechos violentos alrededor del conflicto arrancaron en 2012, y acabaron con la vida de cuatro personas. El Ejecutivo responsabilizó a grupos del crimen organizado y narcotráfico se habían infiltrado en el movimiento social. La resistencia también habló de infiltración de “grupos desestabilizadores” creados por terceros o por la minera para poder criminalizar las protestas pacíficas.
El denominador común: en los tres casos se acusó a los líderes de delitos que no tenían medida sustitutiva, lo cual implica que debían permanecer en prisión hasta el juicio. Los procesos judiciales fueron retardados durante más de un año. Se dieron cambios en los delitos, audiencias canceladas y reprogramadas. Todo esto se ajusta a una estrategia de criminalización, asegura el abogado Ramón Cadenas, director de la Comisión de Juristas Internacionales (CIJ).
Cadenas explicó en su peritaje sobre criminalización de los derechos humanos que la política de persecución es promovida por la empresa Hidro Santa Cruz sólo puede llevarse a cabo con la complicidad de jueces, fiscales, miembros de la Policía Nacional Civil (PNC) o fuerzas militares y funcionarios de alto nivel. Implica una logística compleja y una estrategia elaborada previamente para preparar el terreno y lograr el objetivo. “El Estado de Sitio en 2012 legalizó la represión. Le dio manos abiertas al Ministerio Público para que detenga a diestra y siniestra”.
En la etapa final, cuando se abrió el debate oral, la empresa Hidro Santa Cruz desistió de las acusaciones y los querellantes renunciaron. El Ministerio Público (MP) se quedó solo y no logró probar los delitos de la acusación. “Se evidencia que el Estado por medio de sus operadores de justicia continúa con la persecución sistemática, sometiéndolos a procesos judiciales infundados”, señala Cadenas.
La detención de las autoridades comunitarias fue parte de la estrategia, por tratarse de la bisagra que une la cultura occidental con la cultura maya. Son voceros y mediadores de sus comunidades. “Fue una estrategia bien pensada. Si se quita a los líderes se rompe el vínculo y quedan aislados”, dijo la psicóloga social Olga Alicia Paiz durante el juicio.
El Estado permitió que la empresa siguiera en la región, aún bajo la negativa de los pobladores. Sólo intervino para instalar el Estado de Sitio. El aumento de la presencia policial y militar generó miedo en los pobladores que revivieron los traumas pasados, la memoria colectiva que tienen de las masacres, asesinatos, desapariciones durante el conflicto armado. Según Paiz, los efectos han sido la división comunitaria y la falta de participación por la paralización social derivada del miedo.
La psicóloga explica el rompimiento del tejido social como el daño a los valores conocidos. Los grupos colectivos funcionan como un todo. Parte de la identidad individual se deposita en el colectivo. “Cuando el Estado rompe las normas, se pierde de la confianza, eso aunado a que las autoridades comunitarias son extraídas, es un daño a la propia identidad”, asegura.
Benito Morales Laynes, abogado defensor de los procesados, dice que espera una reparación integral para los líderes comunitarios. “No sólo se trata de una cuestión económica, sino fundamentalmente de una disculpa a los pueblos indígenas y reconocimiento de estas agresiones. Ese pronunciamiento del Estado es importante, además de resarcir los daños económicos a la gente”.
La jueza Yassmín Barrios dijo, en su sentencia, que no iniciarán procesos judiciales contra los operadores de justicia o la empresa. “Nosotros no podemos empezar acciones que se salen del marco jurídico juzgado, creemos que es suficiente con el pronunciamiento público”.
Los permisos para la instalación del proyecto hidroeléctrico siguen vigentes. Los líderes comunitarios regresaron a sus hogares tras una larga ausencia. Miembros de sus comunidades los recibieron con celebraciones y ceremonias.