La espera de los líderes comunitarios en prisión: ¿criminalización o justicia?
La espera de los líderes comunitarios en prisión: ¿criminalización o justicia?
Dos líderes comunitarios de Santa Eulalia, Huehuetenango, esperan desde hace más de un año el día en que en el Tribunal A de Mayor Riesgo se diluciden los hechos de la noche del 19 de enero en que según la Fiscalía los acusados incitaron a la población a retener a operadores de justicia para forzar una liberación. Éste es uno más de varios casos en que se debate si el Estado extralimita su fuerza para quienes se oponen a los megaproyectos.
Rigoberto Juárez y Domingo Baltazar son dos de los líderes comunitarios, de una serie de acusados en diversos casos, que esperan juicio derivado de sus acciones en los casos de oposición a proyectos extractivos o hidroeléctricos. Organizaciones de Derechos y observadores internacionales coinciden en que sus procesos están llenos de anomalías desde el Ministerio Público o en el Organismo Judicial. Les preceden dos casos de líderes de la zona en que la Justicia acusó a la Fiscalía de “actuar negligente” y otro en el que el juez Miguel Ángel Gálvez sentenció que el MP no estaba siendo objetivo. El MP asegura que sólo hace su trabajo. Ahora, tras un año en prisión, Juárez y Baltazar siguen a la espera de que su proceso judicial avance.
Que los líderes encerraron y amenazaron al personal de justicia, que el alcalde o su seguridad dispararon a dos pobladores, que personas infiltradas llevaron a una mujer al parque en donde la raparon, desnudaron y violentaron. Intentar averiguar lo que sucedió la noche del 19 de enero de 2015 en Santa Eulalia es encontrarse con un laberinto de opiniones y hechos divergentes. El mismo choque sucede cuando se pregunta a los vecinos si apoyan o no a los megaproyectos en el norte de Huehuetenango. Alrededor de la construcción de las hidroeléctricas se ha generado, antes que electricidad, un clima de conflictividad y de las que una de sus explosiones, la de Santa Eulalia, se intenta resolver (o neutralizar) ahora en tribunales.
Por los sucesos de aquella noche fueron denunciados dos líderes comunitarios de la zona, Rigoberto Juárez y Domingo Baltazar, y el abogado Pedro Rubel Toledo, quien fue encarcelado pero ahora está libre y quien asegura que acudió como mediador. Estos son los señalamientos que se han judicializado, pero según los abogados de la defensa hay al menos 20 órdenes de captura más en contra de personas relacionadas a los movimientos sociales de la región por la revuelta de esa noche. Y permanece la denuncia contra Diego Marcos, exalcalde de Santa Eulalia, aunque no ha sido ligado a ningún proceso.
Con el auge de las inversiones en empresas generadoras de energía eléctrica, el norte de Huehuetenango se ha convertido en zona apetecida por sus ríos caudalosos. Sus habitantes se encuentran ante la disyuntiva de apoyar los megaproyectos o resistir ante éstos —que cuentan con el aval del gobierno a través del Ministerio de Energía y Minas, que da licencias a las empresas para que exploten el caudal de los ríos—.
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En esta historia figuran dos hidroeléctricas: Hidro Santa Cruz, derivada de la compañías española Hidralia Energía Ecoener, que desarrolla los proyectos Cambalam I y II en el río del mismo nombre en Santa Cruz Barillas; y Promoción y Desarrollos Hidrícos, S.A. (PDHSA), que contrató los servicios de Hidralia Energía para realizar la construcción de las hidroeléctricas Pojom I y II en San Mateo Ixtatán.
Santa Eulalia es el vértice de un triángulo entre dos poblados en conflicto: Hacia el norte, a 28 kilómetros, San Mateo Ixtatán, y por el otro, a 59 kilómetros, Santa Cruz Barillas. Hacia el sur, a 88 kilómetros de Santa Eulalia, está la cabecera departamental de Huehuetenango. En Santa Eulalia estaba ubicado el Centro de Administración de la Justicia (CAJ) y por eso la protesta en contra de unas capturas en San Mateo Ixtatán desembocó allí.
Dos pobladores de San Mateo Ixtatán, Jesús y Casimiro Mateo Mateo, fueron capturados por los asesinatos de Mateo Alonzo Mateo, de 40 años, y de Nicolás Francisco Francisco, de 16, ocurridos en noviembre del año de 2014 durante un enfrentamiento entre los vecinos de San Mateo Ixtatán que apoyan a la hidroeléctrica y aquellos que no, en la comunidad de Ixquisís.
Un comunicado distribuido por el Gobierno Plurinacional (GP) —una organización que ha liderado los reclamos en contra de las empresas que buscan asentarse en el norte de Huehuetenango, y que reclama la autonomía del territorio q’anjob’al— refiere que el 19 de enero a partir de las seis de la mañana, 400 agentes de la Policía Nacional acompañados por personal de la empresa PDHSA capturaron a los hermanos Jesús y Casimiro Mateo Mateo, presuntos implicados en dos asesinatos. Los capturados fueron trasladados en avioneta hacia Huehuetenango ese día; meses antes, el 23 de noviembre de 2014, los ahora detenidos habían sido heridos a machetazos, según la versión del movimiento, por operadores de la empresa.
Según el comunicado, a partir de las tres de la tarde, los representantes del GP se reunieron con autoridades del CAJ para llevar a cabo una mediación. Pascual Tiu Zapeta, coordinador del CAJ, indica que a esa hora un grupo de 25 personas —entre ellas Rigoberto Juárez— lo amenazó para que convocara a los encargados de las instituciones para lograr la libertad de los dos capturados.
También pedían cancelar las órdenes de captura en contra defensores locales (el GP asegura que durante las detenciones, la Policía iba con órdenes de captura contra 16 personas más, aunque la fiscalía no las confirma debido a la confidencialidad del proceso), el retiro de megaproyectos, de la Policía y del Ejército del norte de Huehuetenango, así como la apertura de una mesa de diálogo con los tres poderes del Estado y Naciones Unidas. Las peticiones no fueron atendidas.
Al CAJ de Santa Eulalia llegaron al menos 500 personas, a pesar de que los detenidos ya habían sido enviados a la cabecera departamental. El juez y el fiscal no estaban allí, por lo que una comitiva los localizó en sus viviendas, los sacó y los llevó al filo de la medianoche a la sede del CAJ con el propósito de que se oficiara una audiencia, donde, con la presión de los pobladores aglomerados afuera del Centro, y con cinco abogados del GP, lograron forzar una audiencia exprés que comenzó a las 2:30 de la mañana, y concluyó con una resolución que ordenaba la puesta en libertad condicional a los dos capturados, a pesar de lo irregular de la audiencia, debido a que no es legal realizar un proceso de este tipo sin los acusados presentes.
Hasta el día de hoy, los liberados por la sentencia de esa audiencia, Jesús y Casimiro Mateo Mateo, están libres. Y en el OJ no hubo una revisión sobre este inusual proceso.
Por estos acontecimientos la fiscalía señala a Domingo Baltazar y a Rigoberto Juárez, líderes del Gobierno Plurinacional, por los delitos de obstaculización de la acción penal, detención ilegal y coacción. Se les señala de liderar las aglomeraciones que presionaron para la liberación de los dos capturados. Como querellante actúa Pascual Tiú Zapeta –quien fungía como coordinador del CAJ. Otros nueve trabajadores fueron acogidos como querellantes provisionales, pero no demostraron interés en adherirse al caso, por lo que quedaron sólo como agraviados.
También se unió al proceso, como tercero interesado, el exalcalde de Santa Eulalia, Diego Marcos Pedro, a quien vecinos de ese lugar señalan por agresiones contra la prensa, por el cierre de la radio comunitaria de la localidad, y de la muerte de un hombre a consecuencia de los balazos que se presume salieron de su carro la noche de la audiencia. El exalcalde asegura que esa noche también fue obligado a salir de su casa, aunque otros testimonios aseguran que llegó por cuenta propia al CAJ.
La muerte de Pascual Basilio, uno de los dos que sufrieron ataques por bala esa noche, es investigada por la fiscalía de Huehuetenango, pero hasta ahora no se ha hecho ningún señalamiento, y la Fiscalía no contestó a la solicitud de información sobre los avances en este caso.
La acusación en contra de Baltazar y Juárez se basa en al menos 21 testimonios y cuatro denuncias presentadas por los agraviados. Entre ellos, la del juez suplente Marlon Olivares Interiano que indica que cuando tomaron las instalaciones del CAJ también retuvieron a su hijo. Otra declaración, de Javier Mateo Pedro, señala que los acusados llevaban altoparlantes, llamando a la gente a manifestarse. Los testimonios aseguran uso de violencia, golpes, amenazas con quemarlos vivos o lincharlos.
Domingo Baltazar asegura que el día de los acontecimientos sufrió un accidente, y que mientras ocurrían los hechos estaba en su casa reposando; su esposa confirma esa versión. Según Juárez, él acudió al llamado para mediar y conciliar entre las exigencias de los manifestantes y el sistema de justicia.
¿Líderes, culpables o chivos expiatorios?
En su comunidad a los sindicados se les reconoce por defender los derechos de los indígenas y liderar la lucha en contra de megaproyectos hidroeléctricos y extractivos. De ahí que miembros de movimientos similares y organizaciones de derechos humanos consideran que el proceso en contra de Baltazar y Juárez es un castigo a la resistencia que dirigen. Por eso los considera “presos políticos”. Organizaciones de Derechos Humanos y medios de comunicación alternativos —como el Centro de Medios Independientes o Prensa Comunitaria—insisten en que sus detenciones han sido arbitrarias y que buscan silenciar al movimiento de resistencia y criminalizar la protesta social.
Otros miembros del movimiento de resistencia en Santa Cruz Barillas también se encuentran en la cárcel: Adalberto Villatoro, Francisco Juan Pedro y Arturo Pablo Juan, dos líderes religiosos y un maestro acusados por plagio o secuestro, instigación a delinquir, coacción y detenciones ilegales, así como Bernardo Ermitaño López Reyes, excandidato a alcalde por Convergencia CPO, y señalado de los delitos de atentado, coacción, amenazas, instigación a delinquir, obstaculización de la acción penal y plagio o secuestro.
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Esta situación ha puesto la mirada sobre el proceso de investigación del MP y el proceso judicial. Tres parlamentarios europeos así como la premio Nobel de la paz de 1997, Jodie Williams, quien visitó a los cinco presos en el centro preventivo de la zona 18 el pasado 25 de febrero, junto con Rigoberta Menchú, laureada con el mismo premio en 1992. Williams denunció patrones de continuación de la guerra en estos procesos, porque “algunos gobiernos, si no tiene a la mano armas y ya no pueden asesinar personas, recurren a otras formas de reprimir, las inventan”. La visita de los europarlamentarios también se debe a que existe capital español en una de las hidroeléctricas.
Representantes de la Oficina del Alto Comisionado en Derechos Humanos de Naciones Unidas (Oacnudh) y la Procuraduría de Derechos Humanos (PDH) han acompañado los procesos. Según Giovani Guzmán, encargado de mediación de la PDH, el Estado ha fallado en resolver los intereses diversos entre las comunidades y los pobladores.
El seguimiento de la PDH, además del proceso judicial, ha sido desde la cabecera departamental de Huehuetenango, ya que cerró su auxiliatura en Santa Cruz Barillas debido a que el 26 de febrero de 2015, cuando se dieron las capturas por otro caso que implica a tres líderes del municipio, un grupo de pobladores que se identificaron como parte del Gobierno Plurinacional retuvo a los trabajadores de la Auxiliatura Municipal de la PDH durante diez horas aproximadamente.
Jorge Santos de la Unidad de Defensores de Derechos Humanos de Guatemala (Udefegua), asegura que las acciones del sistema de justicia en el proceso en contra de Baltazar y Juárez —como las acusaciones del MP, los retrasos en los juzgados y la prisión preventiva a toda costa— demuestran que las acciones de los defensores de derechos humanos están siendo criminalizadas.
Mónica Mazariegos Rodas, abogada especializada en derechos humanos, coincide al indicar que el fenómeno que se observa en tribunales, relacionados con líderes de organizaciones o movimientos sociales que se oponen a megaproyectos, va más allá de la prisión y abarca muchos ámbitos en los que el derecho penal se utiliza para debilitar y desviar la atención de los movimientos sociales hacia una lucha por los presos y no una lucha por defensa del territorio y los recursos naturales. Es decir, según Mazariegos, se estarían utilizando herramientas del derecho penal para neutralizar a los líderes y sus protestas.
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¿La represión se viste de legalidad?
Llegó a escuchar un juicio y se quedó arrestado. Le han cancelado la misma audiencia seis veces. Le dictaron arresto domiciliario y cuando lo iban a liberar, lo arrestaron por otros delitos. Lo absolvieron de las acusaciones, pero pasó 78 días más en prisión… Lo que tienen en común estas situaciones no es sólo que forman parte de procesos judiciales engorrosos y de dudoso proceder; esto le ha ocurrido a estos y otros líderes del norte de Huehuetenango cuando sus casos se han conocido en el sistema judicial.
Según la Udefegua en Guatemala existe un esquema de represión en contra de las personas que defienden derechos básicos en sus comunidades. “Es un mecanismo de represión con rostro de legalidad”, resume Ramón Cadenas, director de la Comisión Internacional de Juristas, quien también enfrenta una denuncia por detención ilegal, allanamiento, coacción, discriminación, amenazas, usurpación agravada, apología del delito, instigación a delinquir, conspiración y asociación ilícita, promovida por Ricardo Méndez Ruiz, director de la Fundación Contra el Terrorismo.
Cadenas, Mazariegos y Santos detallan la estrategia —política y judicial— para debilitar los movimientos sociales locales: Primero, se señala a un líder comunitario. El delito se selecciona entre aquellos por los que la ley no admite ninguna medida de sustitución y se condena a pasar tiempo en prisión preventiva a la espera de un juicio.
El Código Penal establece que ante los delitos de asesinato, parricidio, violación agravada, plagio o secuestro, sabotaje, robo y hurto agravado no podrá concederse ninguna medida sustitutiva, tampoco aquellos delitos relacionados con el narcotráfico.
La estrategia continúa, según Cadenas y Santos, con explotar la burocracia del sistema judicial. Las audiencias no se llevan a cabo y se posponen. Un caso no avanza y por lo tanto el señalado continúa en prisión a la espera de que su proceso progrese. Santos señala que el objetivo de prolongar la prisión logra la muerte social al separar al individuo de su entorno y perjudica al movimiento de lucha social al que pertenece, y que además le genera un estigma.
Según la Oficina del Alto Comisionado de Naciones Unidas para los Derechos Humanos (OACNUDH) estas acciones vulneran el derecho de protesta de los defensores de derechos humanos por su liderazgo en las protestas sociales, y de manera indirecta la libertad de expresión, de asociación y de reunión pacífica, los derechos sindicales y de huelga.
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Según Cadenas, el Estado de Guatemala se ha ido construyendo para los intereses de determinados grupos de poder. Desde el Congreso, se aprueban leyes que favorecen la criminalización —como la reforma en 2009 del artículo 201 del Código Penal que define el delito de plagio o secuestro con una descripción más ambigua, que comparte elementos similares con la detención ilegal, la cual ya estaba regulada—. El Ejecutivo no resuelve una política agraria, y no muestra avances en las mesas de diálogo de los conflictos por megaproyectos y el uso de los recursos naturales. Y, el Organismo Judicial actúa como cómplice, según el jurista, al legalizar y certificar todo el uso de medidas legales para intimidar a liderazgos comunitarios.
El efecto de esta modificación al Código Penal es que las imputaciones del MP señalan ambos delitos. Pero “o es uno o es lo otro”, se queja Santiago Choc, abogado defensor de Francisco Juan Pedro de Barillas. Choc indica que el actuar de la Fiscalía no es objetivo debido a que imputa delitos como si fuera una lotería, “esperando a ver cuál queda y cuál no”. Orlando López, director de la Fiscalía de Derechos Humanos, coincide con la defensa: los hechos no pueden encuadrarse en dos delitos muy parecidos, sino sólo en uno. Sin embargo, en los casos de los dos acusados de Santa Eulalia y los tres acusados de Barillas, el fiscal Maynor Aguilar presentó acusaciones por los delitos de plagio o secuestro a la vez que el de detenciones ilegales. Plaza Pública intentó en varias audiencias entrevistar al fiscal Aguilar, quien rechazó las solicitudes.
En el caso contra Juárez y Baltazar, todo el proceso se ha basado en la imputación de plagio o secuestro, aunque este delito no forma parte de la acusación principal a la que el sistema judicial ha dado trámite, sino que era parte de una acusación alternativa que el MP manejaba. La audiencia de primera declaración, prevista para el 16 de junio del año pasado, se canceló en cinco ocasiones, por excusas de la jueza Carol Patricia Flores, un traductor del sistema judicial y la inasistencia del exalcalde, querellante del caso. Se realizó hasta el 25 de febrero pasado.
El MP construyó el caso con base en testimonios y denuncias. No se ha conocido algún medio de prueba documental o científico, y el proceso aún llega a debate.
Benito Morales Laynes es abogado defensor en los casos de líderes de Barillas y Santa Eulalia. Según él, éste no es un caso aislado, sino que se conecta con la persecución penal de otros líderes del norte de Huehuetenango que figuran en el “Informe Estructura Criminal Huehuetenango, Mayo 2014” (al que no se pudo tener acceso por considerarse medio de prueba), que formaba parte del expediente de investigación del MP en el caso de Barillas. El informe retrata a los acusados como líderes violentos, opositores que incitan a las masas a delinquir, pero el expediente también indica la ruta que dicho documento siguió: según Morales Laynes, el director de la fiscalía de derechos humanos, Juan Orlando López, informó a la fiscal general Thelma Aldana, que dicho documento le fue entregado por Víctor Hugo Ma Villatoro, representante legal de Hidro Santa Cruz. En el proceso de Barillas dicho informe fue admitido como prueba a pesar de la insistencia de la Fiscalía para excluirlo, debido a que provenía de una de las partes implicadas.
Morales también señala que lo que se está dando en las Cortes es solo un reflejo de una disputa histórica del poder, en la que los poderosos buscan mantenerlo valiéndose de amenazas, muertes, criminalización. Sobre todo criminalización, porque Morales ve una estrategia muy clara en contra de las resistencias en general.
Pero el fiscal Orlando López disiente de estas acusaciones: “No creo que esto sea criminalización”, indica el jefe de la Fiscalía de Derechos Humanos. La criminalización, dice, implica inventar hechos, pero en estos casos existen pruebas de que los acusados estuvieron en el lugar de los hechos y que la Fiscalía cuenta con testimonios que señalan a los acusados.
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En otro caso derivado de lo que ocurrió el 19 de enero en Santa Eulalia, se sindicó al abogado Pedro Rubel Toledo de haber instigado públicamente para que golpearan a los funcionarios (no hay informe del Instituto de Ciencias Forenses que dictaminen lesiones). Su arresto encaja en la definición de detención arbitraria porque, aunque fue detenido por elementos de la PNC, no le presentaron una orden de captura. El juez Miguel Ángel Gálvez del Tribunal de Mayor Riesgo B de la Ciudad de Guatemala conoció este caso y resolvió la falta de mérito de los delitos por los cuales el abogado fue imputado. En la cárcel desde el 3 de octubre de 2015, Pedro Rubel obtuvo libertad el 4 de noviembre del mismo año.
Antes de dictar libertad, el juez Gálvez explicó su razonamiento. “El MP no está siendo objetivo” dijo, señalando la gran cantidad de contradicciones entre las declaraciones, como las del exalcalde de quien no se tiene claro su estatus durante los hechos. “Me da la impresión de que el MP se está dejando manipular, ¿Cómo es posible que traigan un proceso de esta naturaleza a juzgados?”, riñó Gálvez. El juez expuso en la audiencia que la investigación del MP no estaba bien fundamentada. Cuestionó el uso excesivo de muchos tipos penales en las imputaciones y expuso las consecuencias de este proceder: “se está perdiendo la credibilidad de nosotros, los operadores de justicia”, declaró. El MP a través del Fiscal Maynor Aguilar apeló la decisión, pero ésta fue rechazada.
La competencia de la Fiscalía de Derechos Humanos
Uno de los señalamientos de Jorge Santos y de los abogados defensores en el caso de Barillas en contra del MP, reside en que la fiscalía de derechos humanos es la que hace la investigación y acusación en estos casos.
Su participación como ente investigador es justificable en los casos que se derivan de lo ocurrido la noche del 19 de enero en Santa Eulalia. Ambos bandos, agraviados y señalados, entran en el calificativo de defensores de derechos humanos: de un lado los operadores de justicia del CAJ y del otro los líderes del Gobierno Plurinacional.
Esta fiscalía también conoce los dos procesos en contra de los líderes de Santa Cruz Barillas, Arturo Pablo Juan, Adalberto Villatoro y Francisco Juan Pedro, así como el de Ermitaño López. La asignación de esta fiscalía para el primer caso pareciera no encajar con el mandato de dicho ente, establecido en el Acuerdo 3-2005 del MP. A la Fiscalía de Derechos Humanos le compete la investigación de delitos contra “periodistas, sindicalistas, operadores de justicia, activistas de derechos humanos” y aquellos relacionados con el esclarecimiento histórico y cometidos por aparatos clandestinos de seguridad. La investigación de denuncias realizadas por empleados de una hidroeléctrica no cabría en su mandato.
Sin embargo, el jefe de la fiscalía explica que las razones para hacerlo son dos: la primera, porque recibió la orden del despacho del consejo directivo del MP; y la segunda, que sí compete a la fiscalía debido a que dentro de ella existe una unidad que se encarga de los delitos en contextos de conflictividad social, liderada por Sonia Montes de Luján. Es por eso que los expedientes de los casos en contra de los líderes de la oposición a megaproyectos en el norte de Huehuetenango terminan en los archivos de la Fiscalía de Derechos Humanos.
Una historia repetida
El 1 de mayo de 2012, luego de que apareciera muerto Andrés Pedro Miguel, un opositor a una hidroeléctrica en Barillas, un grupo de pobladores se manifestó en contra de Hidro Santa Cruz y destruyó maquinaria de la empresa. El gobierno instauró estado de sitio. Y es a partir de ese día que comenzaron las capturas hacia los que lideraron la oposición a la hidroeléctrica CanBalam I de Hidro Santa Cruz, quienes han visto su expediente judicial tachado con procesos por diversos delitos y detenciones arbitrarias, señalan organizaciones de derechos humanos y los líderes de la oposición a estos proyectos.
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Saúl Méndez Muñoz y Rogelio Velásquez fueron detenidos el 2 de mayo de 2012, junto a otros siete comunitarios, cuando el estado de sitio aún no había cobrado vigencia. Por esto y porque no había una orden de captura, sus detenciones fueron declaradas arbitrarias por el Grupo de Trabajo de las Naciones Unidas sobre la Detención Arbitraria de Naciones Unidas. El sistema de justicia no encontró pruebas en su contra, así que ambos salieron libres en enero del 2013.
El 27 de agosto de 2013 los volvieron a capturar, durante una audiencia de cierre de su proceso penal. La nueva acusación era por los delitos de asesinato y femicidio —ambos delitos conllevan prisión obligatoria—, se les acusaba de formar parte en el linchamiento de una pareja en 2010 en Barillas. Ellos repetían que eran inocentes, pero el 14 de noviembre de 2014 el Tribunal de Femicidio y Delitos Contra la Mujer de Huehuetenango los condenó a 33 años de prisión. Apelaron el fallo en diciembre del 2014, y en abril del siguiente año el proceso se trasladó a un juzgado de Quetzaltenango. Los acusados pasaron de estar retenidos en la prisión de Huehuetenango, al centro preventivo de la zona 18. El 15 de abril se aceptó la apelación y se ordenó la repetición del juicio. En septiembre del 2015 inició un nuevo debate en el Tribunal de femicidio de Quetzaltenango, que los absolvió. Casi tres meses más pasaron en la cárcel, antes de ser finalmente liberados.
En la sentencia, se señala a la Fiscalía Distrital de Santa Cruz del Quiché (representada por el fiscal distrital Casimiro Efraín Hernández Méndez y el agente fiscal Sergio Aníbal Toc de León ) de actuar negligente, los testigos en lugar de confirmar la teoría de la fiscalía, la destruyeron. En la sentencia se hace mención a “relatos fantasiosos, manipulados, carecen de coherencia, de lógica, de credibilidad clínica menos procesal” y que cuando “una prueba es prefabricada siempre presenta contradicciones, que ocurrió en el presente caso”. Se solicitó información al Ministerio Público sobre una posible revisión del caso y auditoría al accionar de los fiscales, pero al cierre de éste, los datos sobre el caso aún no habían sido entregados.
El sistema de justicia y sus operadores
Los casos de los dos acusados de Santa Eulalia y los tres de Barillas han sido conocidos por la jueza Claudette Domínguez del Juzgado A de Mayor Riesgo; en un caso complejo, el sistema judicial debe impartir justicia para sus colegas, los operadores de justicia, como ha señalado la defensa en distintas audiencias, para acusar de imparcialidad el proceso. La mayoría de testimonios provienen de fiscales, jueces y otros trabajadores del CAJ de Santa Eulalia.
El CAJ funcionaba como sede de los Juzgados de Paz y de Primera Instancia, el Instituto de la Defensa Pública Penal, Bufete Popular, Ministerio Público y el Centro de Mediación del Organismo Judicial. El 20 de enero de 2015, luego de los sucesos que llevaron a dos detenciones y la presión de pobladores del lugar para realizarles audiencias, el presidente de la Corte Suprema de Justicia, Josué Felipe Baquiax Baquiax ordenó cerrar el Centro de Administración de Justicia de Santa Eulalia y trasladar a todos los funcionarios a la cabecera departamental de Huehuetenango.
Benito Morales, el abogado defensor, apunta que los hechos que se le imputan a Rigoberto Juárez (sacar a operadores de justicia de sus casas y llamarles a dilucidar un conflicto) forman parte de la mediación que el CAJ debería hacer en un contexto en el que también opera el sistema indígena de justicia. Pero, según la Fiscalía de Derechos Humanos, Juárez convocó a pobladores y junto a ellos obligó a que los operadores de justicia desarrollaran audiencias en las que terminaron resolviendo en línea con los intereses de los manifestantes. “Eso no es mediación, la mediación es voluntaria”, apunta el fiscal Orlando López.
Gladys Tzul, socióloga integrante de la comunidad de Estudios Mayas, estaba presente en la audiencia del viernes 26 de febrero en la que se dictó apertura de juicio en contra de Rigoberto Juárez y Domingo Baltazar. Tzul señala el choque entre sistemas y visiones: mientras que un sistema de justicia resuelve vía encarcelamiento y penalización, el trabajo de los líderes indígenas suele llevar consigo dilucidar los hechos y disolver un conflicto. “Aquí hay dos formas de resolución que no son compatibles y esto se ve claramente en los tribunales”, dice Tzul.
La socióloga también señala la fricción entre la visión individual de un sistema liberal jurídico y la labor del dirigente comunal, quien encarna una voluntad comitiva, de acompañamiento.
Sobre estos casos, Benito Morales declara: “Podemos hablar sobre todos estos procedimientos jurídicos, podemos llevarlo a la Corte de Constitucionalidad, pero al final de cuentas nunca nos darán la razón porque esto no es un tema jurídico, sino de disputa del territorio y el poder. Y los que tienen el poder son ellos, que tienen al servicio toda la infraestructura del sistema de justicia para aplacar la lucha de la gente”.
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Tras un año en prisión preventiva, dos procesos penales, al menos siete audiencias suspendidas o reprogramadas, Rigoberto Juárez y Domingo Baltazar irán a juicio por los delitos de detención ilegal, coacción e instigación a delinquir. La jueza Domínguez declaró los delitos de amenazas, atentado, obstaculización de la acción penal y plagio o secuestro como faltos de mérito. Aún no se ha programado una fecha para el debate.
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