Ley contra ciberdelincuencia, la normativa que puso en riesgo la libertad de expresión y la crítica ciudadana
Ley contra ciberdelincuencia, la normativa que puso en riesgo la libertad de expresión y la crítica ciudadana
Dos artículos incluidos en el decreto 39-2022 despertaron preocupación porque podrían haber sido utilizados como argumento para callar críticas contra funcionarios y opositores. A criterio de expertos en la materia, la Ley de Prevención y Protección contra la Ciberdelincuencia, recién archivada por el Congreso, fue un intento por atentar contra la libertad de expresión.
El 4 de agosto, 100 diputados del Congreso, principalmente del oficialismo y partidos aliados, le dieron luz verde a la aprobación de la Ley de Prevención y Protección contra la Ciberdelincuencia. La propuesta fue presentada en agosto de 2019 por el entonces diputado del partido Todos, José Rodrigo Valladares. Tres semanas después, en la sesión de este miércoles 24 de agosto, 112 diputados votaron a favor de que fuera archivada.
Aunque la iniciativa fue presentada como una normativa para «proteger a los guatemaltecos y sus datos personales de los ciberdelincuentes», expertos en Derecho aseguran que se trata de una ley peligrosa que puede ser utilizada para limitar la libertad de expresión y criminalizar comentarios hacia funcionarios y figuras políticas que han sido objeto de críticas y cuestionamientos, por el desempeño en sus cargos.
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El decreto consta de 47 artículos enfocados a tipificar «conductas delictivas» para prevenir la ciberdelincuencia. Propone la creación de un Centro de Seguridad Institucional de Respuesta Técnica para enfrentar incidentes informáticos.
Dos artículos despertaron preocupación
Según expertos en el tema, la ley presentaba un grave problema de fondo pues fue aprobada de una forma apresurada, sin tener en cuenta un proceso integral para legislar la ciberdelincuencia.
Según el abogado Oswaldo Samayoa, el proceso debería ser este: primero, una legislación sobre protección de datos y ciberespacios; seguido de una legislación sobre garantía de habeas data; una creación de los ámbitos de seguridad cibernética y ciberdefensa en el sistema nacional de seguridad y por último, una legislación penal que corresponda con las anteriores.
«El decreto debe ser vetado por la presidencia y debe iniciarse un espacio de diálogo real que pueda dar paso a la construcción de una agenda integral de protección de datos y ciberseguridad», puntualiza Samayoa.
Tras un análisis de la normativa, la organización Acción Ciudadana señaló que el decreto era inconstitucional y atentaba contra el derecho de libre emisión del pensamiento y la libertad de expresión. «Las normas aprobadas vulneran de forma flagrante e ilegal el derecho sagrado de libertad de expresión, coartando el ejercicio periodístico y la crítica ciudadana hacia los funcionarios públicos», explicaron a través de un comunicado en donde piden que la ley no entre en vigencia.
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El artículo 9 del decreto establecía como delito el acceso a datos personales, familiares, informáticos o comerciales, de naturaleza privada o pública. También aseguraba que cometerá delito quien obtenga datos informáticos o información confidencial que se encuentren en archivos o registros de naturaleza pública y que sean de carácter confidencial.
La pena a imponer era de cuatro a seis años y multa de cuarenta a doscientos salarios mínimos mensuales vigentes.
A criterio de Edie Cux, representante de Acción Ciudadana, este artículo es contrario al libre acceso a las fuentes de información, regulado en el artículo 35 de la Constitución y a la libertad de información que protege a periodistas, estipulado en la Ley de Emisión del Pensamiento.
También la Declaración de Principios sobre Libertad de Expresión de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos señala que: «Todo comunicador social tiene derecho a la reserva de sus fuentes de información, apuntes y archivos personales y profesionales».
«Con ese decreto las filtraciones podrían ser criminalizadas, así como el acceso a ciertas fuentes, en el caso de los periodistas», lamenta.
Por ejemplo, a quienes ejercen el periodismo de investigación se podría aplicar el artículo al criminalizar el acceso a fuentes. Investigaciones del tipo de los Panamá Papers no podrían haberse realizado, según esta normativa, explica Cux.
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En cuanto al artículo 19, señala que «intimidar o asediar a una persona o grupo de personas con contenido falso o cruel» a través de tecnologías de la información y comunicaciones se tomará como delito. Lo mismo ocurrirá al «divulgar información confidencial de otra persona que afecten su honor o su salud física o psicológica». La pena será de uno a dos años.
Este artículo, según el analista, también se contradice con el artículo 35 de la Constitución, que establece que «no constituyen delito o falta las publicaciones que contengan denuncias, críticas o imputaciones contra funcionarios o empleados públicos por actos efectuados en el ejercicio de sus cargos».
«Nosotros como organizaciones o ciudadanos podemos hacer críticas de cualquier tipo a los funcionarios, es un derecho de libertad de expresión que no puede ser limitado y el artículo 19 nos pone una prohibición de criticarlos por el ejercicio de la función pública. Pero lo más grave es que criminaliza el usar redes sociales, TikTok, memes y demás opciones para hacer sátira», señala.
Por ejemplo, una persona o caricaturista que critica y se burla de un funcionario, podría ser denunciado, dice Cux.
Para evitar que la ley entre en vigencia, el Grupo Parlamentario de Oposición presentó algunas objeciones al decreto. Y en la sesión del 24 de agosto, tres diputados solicitaron que el pleno las conociera para archivar el decreto. Entre los ponentes figuran Aldo Dávila, Edwin Lux y Julio Ixcamey. Estas señalan principalmente que la ley puede convertirse en una herramienta «para acallar a la prensa y perseguir opositores».
Según el diputado Carlos Barreda, con esta normativa se aborda la ciberdelincuencia como excusa para limitar a la oposición política y para reprimir a la prensa. «Se quiere callar al periodismo investigativo, los cuestionamientos e incluso la libertad del guatemalteco de hacer memes, de hacer críticas. Es por ello que buscamos que esta ley sea archivada».
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Las objeciones debían ser conocidas en la sesión del 17 de agosto; sin embargo, esta fue suspendida.
Distintas asociaciones de prensa solicitaron vetar el decreto porque de entrar en vigencia promovería la censura y podría criminalizar críticas, investigaciones o publicaciones de medios y ciudadanos. «Es clara la amenaza velada de confiscar el patrimonio de los medios de comunicación o de privar de su libertad a las personas jurídicas que estén a cargo de cualquier medio de comunicación», manifestaron.
Pedro Vaca Villareal, relator para la Libertad de Expresión de la CIDH, también hizo un llamado al Estado a vetar o archivar dicha ley por ser contraria al derecho internacional.
Por ahora, el decreto debe ser analizado por el presidente Alejandro Giammattei para que determine su curso. En tanto, Acción Ciudadana advierte que si el presidente no veta el decreto, presentarán una inconstitucionalidad ante la Corte de Constitucionalidad.
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¿Dictadura legalizada?
Desde el Congreso, propuestas legislativas como esta o la iniciativa 6076 son interpretadas como esfuerzos para instaurar un gobierno totalitario. Frente al pleno del Congreso, el diputado Samuel Pérez, del partido Semilla, aseguró que en el país se está instalando «una peligrosa dictadura» con el riesgo de ser muy violenta.
Diputados de oposición también coinciden con esa apreciación.
En 2021, el abogado Oswaldo Samayoa ya hablaba de este riesgo. «Ahora han configurado las dictaduras democráticas 3.0, que descansan en coartar libertades fundamentales, en concentrar el poder bajo la fachada de una democracia y en aparentar justicia, pero en realidad negarla», escribió en una columna de opinión.
Iduvina Hernández, defensora de derechos humanos, coincide con este extremo. «Esto se ha venido configurando desde hace varios años,pero la etapa más acelerada fue en el gobierno de Jimmy Morales. La fase de cooptación empezó por expulsar a la Cicig, luego vino la consolidación de ese proceso que se puede observar en la actuación articulada de los tres poderes del Estado», asegura.
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En una democracia, señala, los poderes son independientes entre sí, no puede haber actuación concertada. Sin embargo, en la práctica es evidente el funcionamiento corporativizado entre el Legislativo, Ejecutivo y Judicial que se ha visto más marcado en el gobierno de Alejandro Giammattei.
«Consolidado este proceso de cooptación estamos a las puertas de la instalación de una dictadura que intenta darle una especie de vestimenta legal a ataques contra defensores, periodistas, personas críticas y que incluso busca garantizar impunidad a violaciones a derechos humanos», asevera.
Hernández concluye que propuestas de ley que pretenden revestir de legalidad prácticas dictatoriales, el funcionamiento concertado de los tres poderes del Estado, la cancelación paulatina de los derechos de asociación, la acción violenta de la policía contra manifestantes y los atentados a la libertad de expresión y de prensa son demostraciones evidentes de la instalación de una dictadura.
A pesar de eso, diputados como Manuel Conde (PAN), Cándido Leal (Vamos), Aníbal Rojas (Vamos), Edgar Reyes Lee (UNE) y Oscar Argueta (UNE) quienes forman parte del oficialismo intentaron impulsar la ley y conocer objeciones, no para retroceder su trámite, sino para que fueran aclaradas algunas “interpretaciones” equivocadas al decreto.
En la sesión ordinaria realizada este miércoles 24 de agosto, el Congreso finalmente archivó el decreto de forma definitiva.
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