Periodismo y violencia contra la mujer: cuando el agravio es la fiscalización
Periodismo y violencia contra la mujer: cuando el agravio es la fiscalización
Jueces y fiscales tienen diferentes criterios para determinar cuándo se debe proteger a una mujer que reporta ser víctima de violencia. A un reducido grupo de funcionarias y cercanas al poder, la justicia les atiende con celeridad, especialmente cuando buscan evitar el escrutinio de la prensa. A otras miles de mujeres, por el contrario, se les cuestiona, no se les cree o sus casos son desestimados sin mayor investigación.
La justicia de género apenas se abrió camino en Guatemala hace 14 años, cuando en 2008 quedó aprobada la Ley de Femicidio y otras formas de Violencia contra la Mujer. El camino para aplicar la normativa ha tenido el reto de que los juzgados especializados son limitados, el Ministerio Público (MP) cierra casos sin avisar a las víctimas, mientras continúa el reto de que hay mujeres que desisten de las denuncias por estar sujetas a sus agresores y no logran salir del círculo de la violencia.
En medio de estos desafíos aparece uno nuevo, en donde jueces y fiscales dan un trato diferenciado a mujeres con conexiones de poder y aplican la ley para silenciar a la prensa.
En 2021 y 2022 cuatro periodistas hombres han sido denunciados por violencia psicológica y otros tres por violencia contra la mujer en el ámbito público. Los acusaron luego de difundir noticias sobre la gestión de funcionarias de gobierno y dos familiares de un exfuncionario en la administración del presidente Alejandro Giammattei. Aunque la prensa guatemalteca está sujeta al derecho de respuesta de las personas a las que hace referencia en sus publicaciones y al sistema de tribunales de imprenta cuando alguien se sienta ofendido por el contenido que difunden, las acciones legales han ido por otro camino.
La Sociedad Interamericana de Prensa dijo, en uno de los casos contra periodistas, que este tipo de denuncia constituía una «censura previa» al trabajo periodístico. Mientras que la Comisión de Libertad de Prensa de la Asociación de Periodistas de Guatemala calificó de «acoso judicial e intento de censura» otra de las acciones.
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Aunque las denuncias de funcionarias o parientes de funcionarios basadas en los tipos de violencia contra la mujer son pocas, el resultado tiene alto impacto. La ley que busca prevenir y sancionar los feminicidios termina por ser usada para evitar la fiscalización a la función pública.
Los siete periodistas que fueron acusados en 2021 y en lo que va de 2022 fueron notificados de las medidas de seguridad aprobadas por los jueces de femicidio. Durante seis meses no pueden entrevistar a las mujeres que los denunciaron, ni acercarse a ellas o su familia, a pesar de que trabajen en una instalación de gobierno. Ni pueden publicar en referencia a su gestión. El incumplimiento se sanciona con cárcel.
Los casos contra elPeriódico
elPeriódico, un diario que nació en 1996, acumula la mayor cantidad de denuncias y restricciones a su labor periodística. Desde el 11 de mayo no han podido publicar ninguna información sobre Dina Alejandra Bosch Ochoa de Calderón, asesora en el Tribunal Supremo Electoral (TSE), ni sobre su madre, la actual presidenta de la Corte de Constitucionalidad, Dina Ochoa.
El juzgado que dio trámite a la queja ordenó medidas de protección que se extienden a la familia de la denunciante. Por estas razones, ni el reportero, editor o presidente del medio pueden mencionar los nombres de Bosch Ochoa y Dina Ochoa en publicaciones, y tampoco pueden acudir a las sedes en donde ambas laboran.
Este caso ejemplifica la diferencia de criterios judiciales. La petición de medidas de seguridad de la denunciante no fue admitida de inmediato, porque la jueza no encontró una relación de poder entre los supuestos agresores y Dina Alejandra Bosch Ochoa de Calderón.
Un documento al que Plaza Pública tuvo acceso y que forma parte del expediente, indica que la jueza argumentó que no había forma de enmarcar la situación a los escenarios que establece la Ley de Femicidio. Ni había relación de convivencia o vínculo laboral entre la denunciante y los supuestos agresores, ni trabajaban en una misma institución.
Ante la negativa y con auxilio del MP acudió de nuevo al juzgado de femicidio y la jueza Anaelsee Ramírez Pérez resolvió a favor.
La noticia que originó la denuncia de Bosch Ochoa fue publicada el 22 de abril y tiene el molde de otras en donde se ha expuesto la contratación de familiares de funcionarios en otras dependencias del Estado.
El texto indica que el contrato de Bosch Ochoa es por 20,000 quetzales, que nadie en el TSE pudo explicar en qué área laboraba, cuál era su grado académico y a quién le rendía cuentas. La publicación expone el antecedente de una anomalía en la gestión de Bosch Ochoa cuando se desempeñó en el programa Jóvenes Protagonistas del Ministerio de Desarrollo Social en 2016.
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El autor fue Cristian Vélix, el editor fue Gerson Ortíz y la denuncia abarca a José Rubén Zamora, el presidente del medio. No es la primera vez que este periódico recibe denuncias similares. En 2018 la entonces canciller Sandra Jovel denunció a Zamora por las publicaciones sobre su gestión y porque en la sección de chismes políticos denominada elPeladero la ofendía constantemente debido a su peso.
En 2019 la excandidata presidencial Sandra Torres denunció a seis editores y a la gerente de ventas. La acción legal ocurrió poco tiempo después de una denuncia similar contra el entonces jefe de la Fiscalía Especial contra la Impunidad, Juan Francisco Sandoval, y el fiscal Andrei González. Torres dio marcha atrás en el caso contra elPeriódico, pero lo hizo tiempo después de haber presentado un reclamo ante la Sala Primera de Apelaciones. Este órgano judicial ordenó a la jueza de femicidio emitir medidas de seguridad a favor de la excandidata.
En 2014, la entonces vicepresidenta Roxana Baldetti también presentó una denuncia en contra de Zamora. Se desconoce si estos casos siguen activos o si entraron en el paquete de miles de expedientes desestimados durante la gestión de la fiscal General Consuelo Porras. Aunque desde el 19 de mayo se hizo la solicitud de entrevista con la fiscal Silvia Toledo, que lleva el más reciente caso, el departamento de Información y Prensa, que concentra cualquier interacción con el personal fiscal, no respondió a la petición.
A una lista de preguntas sobre las denuncias contra periodistas, se limitó a decir que la institución cumple su labor con «objetividad, imparcialidad y con apego al principio de legalidad».
Las denuncias contra La Hora
En agosto de 2021 la exdiputada Mayra Alejandra Carrillo, actual directora del Instituto de la Víctima, denunció a Pedro Pablo Marroquín y a su padre, Clemente Marroquín, por las publicaciones que el medio hizo sobre su gestión pública. Padre e hijo son directivos del medio La Hora.
Carrillo logró medidas de seguridad a su favor al recurrir a la Sala Primera de la Corte de Apelaciones, que es presidida por Henry Alejandro Elías Wilson quien fue investigado por el caso Comisiones Paralelas 2020. Los Marroquín presentaron un amparo para indicar que las publicaciones eran permitidas de acuerdo a lo que indica la Ley de Emisión del Pensamiento. El amparo no ha sido resuelto por la Corte Suprema de Justicia y las medidas de seguridad continúan vigentes hasta junio de 2022.
Por causa de las medidas de seguridad no han podido publicar noticias de fiscalización a la función de Carrillo en el Instituto de la Víctima. El Ministerio Público pidió la desestimación del caso.
Dos denuncias por cobertura
Los periodistas Sonny Figueroa y Marvin del Cid enfrentan dos denuncias por violencia contra la mujer en el ámbito psicológico. Los reporteros han dado amplia cobertura a la gestión de Miguel Martínez, quien ejerció como jefe del Centro de Gobierno, una entidad que quedó disuelta en diciembre de 2021.
La madre y hermana de Martínez fueron mencionadas en una publicación que se refiere a la nueva vivienda que habita la familia. El juzgado que atendió la denuncia autorizó medidas de seguridad, las cuales ya vencieron y no fueron renovadas. La misma situación ocurrió con Joselyn Fernanda Mérida Solano, jefa de Comunicación del Congreso. Los periodistas publicaron en sus portales Vox Pópuli y Artículo 35 que la funcionaria había iniciado una campaña en contra del diputado Samuel Pérez y de Jordán Rodas, procurador de los Derechos Humanos.
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Una ley necesaria
Expertas en el tema coinciden en que los casos citados demuestran cómo varias funcionarias y figuras públicas han recurrido a la ley para evitar la fiscalización de la prensa, lo que desvirtúa la naturaleza para la cual fue creada la normativa y se dispusieron las medidas de seguridad.
La Ley de Femicidios de Guatemala es una de las más avanzadas en América Latina. Fue creada en 2008 y desde entonces se castigan delitos como el femicidio y otros relacionados con las distintas violencias contra las mujeres.
«Es el resultado de la lucha de muchas mujeres, que insistieron y trabajaron mucho para que fuera aprobada», señala Stephanie Rodríguez, abogada especialista en casos de violencia contra la mujer.
El hecho de que la ley esté siendo utilizada con fines distintos a su naturaleza real de proteger a las víctimas de distintos tipos de agresiones no significa que no sea una ley necesaria o que no tenga utilidad, asegura Rodríguez. De hecho, el delito más denunciado en el país ante el MP es la violencia en contra de la mujer en sus distintas formas (física, económica, sexual y psicológica) según datos proporcionados por la misma institución y confirmados por análisis del Centro de Investigaciones Económicas Nacionales (CIEN). Por esa razón hay fiscalías y juzgados especializados para atender esta problemática.
«La ley es necesaria, no hay discusión y no debe ser cuestionada la ley sino aquellas personas, funcionarias que la utilizan para callar opositores, que la usan para sus beneficios y para bloquear el acceso a información de la administración pública. Son mujeres cercanas al poder que se niegan a ser fiscalizadas», puntualiza la abogada.
La responsabilidad de que los juzgados resuelvan a su favor, dice la abogada, no solo recae en las denunciantes que utilizan la ley a su conveniencia sino también en las fiscalías del MP y en los juzgados que permiten que estas denuncias avancen. En el caso del MP, porque es la entidad que debería realizar una investigación previa para saber que una denuncia es procedente o espuria. Y en el caso de los juzgados al otorgar medidas y dar trámite a estas acusaciones.
El mal uso de la ley genera un fuerte desgaste para el sistema de justicia que fue pensado para víctimas de violencia en sus diferentes formas que sí necesitan protección especial de parte del Estado.
Mientras la ley se muestra efectiva y actúa con celeridad para casos políticos, agrega Rodríguez, miles de mujeres guatemaltecas esperan por años que sus denuncias sean escuchadas en las fiscalías y juzgados. Muchas de ellas, incluso, no alcanzan justicia porque sus acusaciones son desestimadas desde las fiscalías, sin darles el trámite necesario.
Medidas de protección para evitar escrutinio
El criterio tampoco es el mismo cuando se trata de funcionarias o figuras del ámbito político que han resultado incómodas al poder, explica la abogada y ex mandataria de la Comisión Internacional Contra la Impunidad en Guatemala (Cicig), Flor Gálvez.
Gálvez y la exfiscal Leily Santizo denunciaron ser víctimas de violencia perpetuada por los representantes de la Fundación contra el Terrorirsmo, Ricardo Méndez Ruiz y Ricardo Falla. Ambos emitieron mensajes de odio y amenazas en contra de ambas ex trabajadoras de la Cicig.
«En su momento no nos quisieron dar las medidas y ni siquiera quisieron recibir nuestra petición cuando se dieron cuenta de contra quiénes iba dirigida», relata Gálvez. La denuncia fue interpuesta debido a que eran frecuentes las agresiones a través de las cuentas de tuíter de Méndez Ruiz y Falla.
Tras insistir en su petición lograron obtener una medida perimetral (prohibición de acercarse a una persona a cierto perímetro) que no las protegía de los ataques a través de redes sociales.
«Al final de cuentas ya no es una decisión jurídica sino una decisión política porque no se basan en la ley sino que la utilizan para adecuarla y así dar medidas de seguridad en contra de periodistas o personas que cumplen un rol fiscalizador», lamenta.
El problema es que muchos jueces de paz, de instancia y de femicidio se han prestado a ordenar medidas de seguridad en contra de periodistas o personas que hacen comentarios en contra de funcionarias, bajo el argumento de que existe violencia psicológica cuando no es así. Es una interpretación equivocada y mal aplicada de la ley, dice la abogada.
Gálvez explica que al ser víctima de violencia, toda mujer tiene derecho y necesidad de solicitar medidas que garanticen su seguridad con el objetivo de que cese la vulneración y que se le proteja de un riesgo inminente.
Pero en casos donde la ley es utilizada para evadir el escrutinio público, las medidas se vuelven un escudo contra críticas y publicaciones periodísticas.
Un caso que ilustra este problema desde otro ángulo es el del diputado Aldo Dávila, quien fue denunciado por la ministra de Educación, Claudia Ruiz, tras realizar varias citaciones a la funcionaria para discutir temas como: el seguro médico escolar y el contenido del Currículum Nacional Base.
Wendy López, abogada del Bufete de Pueblos Indígenas explica los argumentos presentados por Ruiz. «Muchas de estas personas que han instrumentalizado la ley alegan ser víctimas de violencia en el ámbito público. Sin embargo, la ley es clara al decir que deben cumplirse ciertos factores. Por ejemplo, que exista una relación de poder, es decir una cercanía que ponga en situación de vulnerabilidad a la víctima», explica López.
Sin embargo, este criterio no aplica cuando se trata de un diputado que está cumpliendo su mandato como fiscalizador de la función pública, o con los periodistas cuya actividad es informar.
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«El diputado invitó a la ministra en varias ocasiones a discutir temas de interés público. Lo que se buscaba era un espacio de diálogo pero ella no atendió a ninguno de estos llamados. Después de no asistir a ninguna de las invitaciones, en abril de este año, la ministra transmite un mensaje en donde se hace acompañar de niñas de hogares seguros, vestidas de blanco, con una flor en la mano. Ella anuncia que interpondrá una denuncia por violencia contra la mujer contra el diputado Dávila», relata la abogada.
Posteriormente, solicitó medidas de seguridad que le fueron otorgadas el 3 de junio. Con estas medidas, el diputado no podría reunirse con Ruiz y tampoco asistir a la interpelación contra la funcionaria.
«Ella prácticamente se cubre las espaldas a través de medidas de seguridad para no rendir cuentas. Ella será beneficiada con seis meses de medidas de seguridad, justos para llegar sin problemas a la época electoral. Está utilizando la ley para asistir a la interpelación que se llevaría a cabo en el Congreso y mediante la cual podría ser destituida», explica López.
El caso de Ruiz, dice la entrevista, se suma a la lista de ejemplos de cómo figuras políticas han visto en la Ley de Femicidio una vía para evadir la fiscalización y resguardar corrupción e impunidad. O bien, para mantener un puesto en el ámbito público.
Lo preocupante, lamenta, es que miles de mujeres alejadas de la esfera política todos los días acuden al sistema de justicia para buscar ayuda y no reciben la atención adecuada. Incluso, son persuadidas para no denunciar.
«No las escuchan, no les creen, en el mismo MP las cuestionan y les dicen que si están seguras de denunciar. Si dice mentiras se va ir a la cárcel, escuché en una ocasión mientras acompañaba un caso. Es lamentable, preocupante y desalentador», concluye.
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