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El Presidente de la República, Alejandro Giammattei, estrecha la mano de la Fiscal General, María Consuelo Porras, en la ceremonia de su reelección a cargo del Ministerio Público, en el Palacio Nacional, el lunes 16 de mayo. Presidencia

Cómo, en dos «rounds», la CC hizo que Consuelo Porras repitiera gestión

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Cómo, en dos «rounds», la CC hizo que Consuelo Porras repitiera gestión

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Que haya sido reelegida Consuelo Porras es un hecho mínimo. El rol que jugó la Corte de Constitucionalidad (CC) es clave para comprender la dimensión y efecto en el sistema que permitió a la extendida Fiscal General llegar al listado y facilitar la decisión de Giammattei. Son dos golpes de boxeo los que ocurrieron en este proceso de selección.

Los amparos que emitió la Corte de Constitucionalidad (CC)  en relación al proceso de elección a Fiscal General  fueron «quirúrgicos» y determinantes. Uno sirvió para que los jueces de carrera no pudieran participar, o otro para que la actual fiscal general, Consuelo Porras, fuera incluida en la lista final de seis candidatos enviada al presidente Alejandro Giammattei.

Sin la intervención de los magistrados el curso de elección habría variado.

La CC fue esa campana que en el boxeo salva al competidor que está por tocar la lona, una bocanada de aire para quienes deseaban que Porras repitiera cuatro años más al frente del MP.   Distintos integrantes de la Comisión de postulación dicen, en voz baja, que fueron presionados a votar por Porras. Desde la presidenta de la CSJ, Silvia Valdés, la CC y hasta la petición del decano de la Universidad del Istmo, Alejandro Arenales, para dar el voto a Porras.

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Más allá de los términos legales que expertos en Derecho consultados explican que la CC «estiró» criterios para poder otorgar los dos amparos— los momentos en los que se dieron los fallos —incluso por la madrugada—  dejan una sensación de coordinación entre los actores para evitar las «sorpresas» en la lista final que llegó al Presidente.

Primer golpe: uppercut a dos jueces incómodos

En el 2018 la lista final de candidatos a fiscal general estaba integrada por dos jueces: Miguel Ángel Gálvez y Patricia Gámez; dos exfiscales: Veronica Ponce y Brenda Dery Muñoz; un técnico que trabajaba en el MP: Edgar Melchor; y la magistrada de apelaciones, Consuelo Porras.

Este año, Gálvez había manifestado su intención de volver a postularse, también la exjueza Erika Aifán sugirió que pensaba en presentar su expediente para buscar ser Fiscal General.

Fue entonces cuando el abogado de la la Fundación Contra el Terrorismo (FCT), Raúl Falla, presentó un amparo en el juzgado décimo de primera instancia penal para evitar la participación de jueces. El argumento era que para ser fiscal debía cumplirse los mismos requisitos que para ser Magistrado de la Corte Suprema de Justicia (CSJ), es decir, diez años como abogado activo o un período como magistrado de sala de apelaciones. Como lo estipula el artículo 251 de la Constitución que explica que el jefe del MP debe tener las mismas calidades de los magistrados de la CSJ.

Falla no esperó la decisión del juzgado y presentó, por segunda vez y con iguales argumentos, el mismo amparo ante la Corte de Constitucionalidad, a dos días que venciera el plazo para que los interesados presentaran sus documentos.

Procesalmente, el juzgado décimo era el indicado para resolver el amparo ya que se trataba de una decisión de la Comisión de Postulación, un órgano «menor».

Falla utilizó una argucia: lo presentó contra la presidenta de la CSJ, Patricia Valdés, quien dirigía la Comisión de Postulación,  para obligar que la CC lo conociera ya que se trataba de la Presidenta de uno de los poderes del Estado.

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La CC no «compró» la argucia de Falla y aceptó que debía ser el juzgado décimo quien siguiera el proceso. Sin embargo antes de trasladar el proceso al juzgado determinaron que darían el amparo provisional ya que se trataba de un «proceso constitucional» debían conocerlo. Así que decidieron amparar a Falla e indicaron que ser juez no cuenta como ejercer la abogacía.

Así construyeron una pared para jueces como Gálvez o Aifán que son de carrera no solo para ser Fiscal General, también magistrados de Salas de Apelaciones o Corte Suprema de Justicia.  En otras palabras, los jueces tienen prohibidos «los ascensos» en el sistema de justicia. Algo que no ocurría en el anterior proceso cuando sí llegaron dos jueces al listado final para ser Fiscal General.

Los jueces protestaron contra esta decisión e indicaron que un amparo es para garantizar derechos, no para limitarlo como lo están haciendo con ellos.  «Los jueces antes de ser jueces son abogados. Es la formación como juristas la que permite desarrollar las funciones como impartidores de justicia y profesionales del derecho y la ley», indicó la Asociación Guatemalteca de Jueces por la Integridad (AGJI).

Haroldo Vásquez, juez y Presidente de la Federación Centroamericana de jueces por la Democracia y miembro de AGJI, dijo que el amparo era para que el nivel de candidatos descendiera. «No querían a personas con capacidad y con deseos de hacer bien las cosas. Querían limpiar el camino», explicó Vásquez.

Cerca de la lona, a Porras la salvó la campana

Porras estuvo a un voto de quedar fuera del listado de seis candidatos. Cuando el grupo de decanos de la Comisión de Postulación que la apoyaba lo notó, cerró filas. Lo mismo hizo un grupo de siete decanos que no votaron por ella. Después de nueve rondas nada cambió: ocho votos para Porras y siete en contra.  Los que deseaban que fuera incluida en la lista final de seis apelaban a que era la que más puntuación había obtenido. Mientras que el otro grupo argumentaba que debían haber alternancia de poder y pedían analizar otros candidatos.

Sin embargo, los abogados Erick Castillo y Mynor Caté  presentaron un amparo contra la comisión de postulación para que tomara en cuenta la «meritocracia». El amparo también argumentaba que se corría el riesgo de no cumplir con el plazo constitucional para entregar el listado al Presidente. La Comisión entregó el listado el 22 de abril y tenía hasta el 26 de ese mes. La ley marca 20 días antes que venza el plazo del Fiscal General (16 de mayo).

La CC rescató a Porras. Otorgó el amparo. Como en la ocasión anterior también aceptaron que un juzgado de primera instancia civil debía conocer. Pero por el riesgo de no entregar el listado a tiempo ordenó que debía votar usando la meritocracia.  El amparo fue notificado a la 01:00 horas a la Comisión de Postulación. Al siguiente día los decanos que habían votado en contra de Porras fueron cambiando su voto uno a uno.

«No queríamos consecuencias. Pudimos argumentar y resistirnos, pero tal vez habríamos sido procesados», dice uno de los decanos en condición de anonimato.  «La resolución de la CC cambió todo. Al principio parecía que no importaba y que el Presidente no quería que Porras fuera incluida en la lista. Pero después la presión (para incluirla) fue muy fuerte», indicó otro decano que prefirió omitir su nombre.

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Oswaldo Samayoa, abogado constitucionalista, explica que con este amparo parece que a partir de ahora el puntaje toma especial relevancia. Los comisionados ya no pueden evaluar la «idoneidad y honradez» y que los cartones de estudios tendrán más peso. «Parece que la independencia de los decanos fue suprimida. Los están obligando a votar por los mejores puntajes. Pero la pregunta es: ¿Quiénes diseñan las tablas de puntajes?», indicó Samayoa.

«No podemos decirle a un candidato que no es idóneo u honrado. Es un juicio que queda para nosotros. Por eso aunque tenga el mejor puntaje no se vota por él», dijo otro integrante de la comisión de postulación.

En otras palabras, Porras tenía el mejor punteo, pero no la votaron porque en el fondo sabían que no era la mejor candidata para entrar. Aunque los comisionados no podían decirlo de forma abierta.

Samayoa indica que esta resolución le quita poder a los comisionados que solo quedarán para dar puntuaciones por estudios, experiencia, docencia y proyección humana, pero no harán el análisis de «idoneidad, honradez y honorabilidad» como lo dicta el artículo 2 de la ley de comisiones de postulación.

Para Pablo Bonilla, profesor universitario de Derecho Constitucional, las decisiones de la CC pueden dar origen a procesos constitucionales express.  «Cualquier planteamiento se irá directamente a la CC no buscarán ir al juzgado o tribunal que le corresponde. Primero resolverán aunque no sea de su competencia  y después solo lo enviarán al juzgado o tribunal como trámite, pero la resolución ya fue dada», analiza Bonilla.

 

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