Lo que nació como un espacio de crítica, sátira y arte, con un claro contenido político y representante de la capacidad intelectual de la comunidad estudiantil de la única universidad pública del país desde hace varias décadas, se ha convertido en un sinónimo de crimen que desprestigia a la casa de estudios de la cual es originaria. Para confirmar lo anterior basta con ver las noticias relacionadas con la USAC en los primeros meses del año: aparición de grupos en semanas específicas recolectando dinero por medios ilegales, como el robo del cobro de parqueos, la intimidación a comerciantes guatemaltecos o hechos de violencia en las instalaciones universitarias por personas no identificadas y con el rostro cubierto.
Es frecuente que, al cuestionar estas prácticas, dichos grupos recurran a la excusa de que esas acciones están apegadas a una tradición y las defiendan cual dogma con el escudo de la declaración de patrimonio cultural. Lo anterior lleva a una necesaria reflexión: ¿se puede considerar patrimonio cultural intangible el crimen que rodea a la Huelga de Dolores? Si la respuesta es no, ¿qué es entonces?
Para responder lo anterior basta con recurrir a la definición contenida en la Convención para la Salvaguarda del Patrimonio Cultural Inmaterial de la Unesco (2003). En el artículo segundo de esta se establece un estándar internacional para considerar una tradición como patrimonio intangible o inmaterial:
«… A los efectos de la presente convención, se tendrá en cuenta únicamente el patrimonio cultural inmaterial que sea compatible con los instrumentos internacionales de derechos humanos existentes y con los imperativos de respeto mutuo entre comunidades, grupos e individuos y de desarrollo sostenible».
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La anterior definición establece una condición esencial de las tradiciones consideradas patrimonio: deben ser compatibles con los derechos humanos y el respeto entre individuos. El actual modelo de hacer huelga en la USAC está repleto de abusos, extorsión en parqueos, insultos, difamación en boletines, consumo de alcohol y de drogas y violencia sexual, entre otras acciones incompatibles con el estándar para ser considerado «patrimonio intangible o inmaterial».
A dichas acciones delictivas y de lucro, ¿qué definición las cubre? A mi criterio, encuadran en el artículo 2 de la Convención de las Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada, que establece:
«Por grupo delictivo organizado se entenderá un grupo estructurado de tres o más personas que exista durante cierto tiempo y que actúe concertadamente con el propósito de cometer uno o más delitos graves o delitos tipificados con arreglo a la presente convención, con miras a obtener, directa o indirectamente, un beneficio económico u otro beneficio de orden material…».
Muchas de las acciones realizadas por la mayoría de los comités de huelga responden a la definición anterior. Por eso concluyo que las actuales prácticas ya no pueden invocar ser patrimonio cultural en su defensa, pues han pasado a cumplir con las características de crimen organizado. Resignificar tradiciones implica ser críticos con estas y procurar crear una identidad alrededor del respeto mutuo y la defensa de los derechos humanos. Como ejemplo, cada persona que usa capucha con el propósito de recuperar la huelga legitima esa prenda ante diez que la utilizan para fines ilícitos. Dicha resignificación debe ser realizada por verdaderos estudiantes, no por integrantes de grupos de crimen organizado. Y la erradicación del crimen organizado universitario (tal como sucedió con los Hooligans en Inglaterra o las barras bravas en España) corresponde a las autoridades universitarias en cumplimiento de su deber.
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