Desde que mi padre me instaló en el sillín hace casi tres décadas, la bicicleta ha sido mi medio de transporte favorito. Pero para muchos la cicle no es simplemente el medio para llegar de A a B, sino también una forma de hacer turismo o ejercicio, de explorar o de desplazarse por el mero placer de moverse sin la culpa de contribuir a la contaminación y a la congestión. He compartido la carretera con carros en muchos países de Europa y América. He hecho bici-tours atravesando países, subiendo y bajando montañas, pero ninguna aventura ciclística me ha triturado los nervios como mi viaje diario en bici de la zona 1 a la 10. Aun transitando por la sexta avenida de la zona 1, por la ciclovía de la Reforma o por el atajo de la novena avenida de la zona 4, siempre regreso a casa con un relato más para mi archivo de cuentos de terror vial.
Siento que los y las ciclistas somos una especie en peligro de extinción no solo por nuestros números menguantes, sino porque pareciera que los conductores guatemaltecos fueron a la escuela de automovilismo Mad Max y que por hábito cazan ciclistas. Jamás he sufrido una represión vial tan consistente y violenta como la que he sufrido en Guatemala. Y eso que también he hecho tours de bicicleta en Italia, donde pareciera que es un requisito legal manejar bajo la influencia de muchos expresos. Y esto es tan curioso porque, sorprendentemente, la ley guatemalteca cuenta con una normativa idónea para hacer ciclismo. Lástima, entonces, que quienes dominan las carreteras son quienes menos dominan el Reglamento de Tránsito[1].
Cada vez que tengo oportunidad les llamo la atención a los automovilistas que en muchas ocasiones han tratado de decorar el asfalto con mis órganos internos. Casi siempre me responden: «¡La ley dice que ustedes tienen que usar la banqueta, no el asfalto!». Menos mal que no los uso como fuentes de información sobre las leyes del país. El Reglamento de Tránsito reconoce explícitamente el derecho de los ciclistas[2] de «transitar por las vías públicas del territorio nacional[3]». Pero lo más asombroso es el contenido del artículo 66 de dicho reglamento:
Prioridad de los ciclistas. Los ciclistas tienen derecho de vía ante cualquier otro medio de transporte, excepto los derechos del peatón. Todo conductor de un vehículo automotor deberá respetar este derecho cediendo el paso al ciclista.
El artículo 126 refuerza lo anterior:
Prioridad de paso de las bicicletas. Los ciclistas gozan de prioridad de paso ante cualquier vehículo […] y [los vehículos] deberán detenerse en las siguientes situaciones:
a) Cuando los vehículos giren a otra vía y haya ciclistas cruzándola aunque no esté demarcado el paso de bicicletas.
b) Cuando el vehículo gire atravesando […] la ciclovía…
El contenido del inciso b) en particular debería sonarles a música celestial a quienes se enfrentan a los vehículos que cruzan la ciclovía de la Reforma como si fuera su camino privado.
Algo importante de resaltar es que la ley les prohíbe a los ciclistas usar la carretera si está habilitada la ciclovía correspondiente[4].
En la práctica, las normas referidas quizá cambian poco, ya que probablemente el mismo policía municipal de tránsito las desconoce. Pero sí nos da una ventaja psicológica importante y nos legitima. En un ambiente donde el actuar de los automovilistas nos desanima hasta el punto de hacernos cuestionar nuestro propio derecho de transitar por las calles, conocer estas reglas es importante.
Cabe reconocer que no todos los ciclistas son santos. Andar en bicicleta no te da derecho a encumbrarte en la jerarquía vial ni a implementar una dictadura ciclista. He visto a muchos conductores de bicicleta abusar de su propia vulnerabilidad y hacer barbaridades en las calles. Y este es un juego que pone en peligro la reputación de la comunidad ciclística. Montarte en bicicleta no te da el derecho de reproducir los abusos viales de algunos automovilistas.
He identificado muchas malas prácticas de personas que manejan sus bicicletas como muchos automovilistas sus carros: abusando de los peatones, exigiendo la vía en las banquetas, cortándoles con prepotencia el camino a los automóviles y, en general, manejando de una forma irresponsable. Reclamarles a los peatones por no quitarse de su camino no es ético. En la banqueta solo el peatón tiene la vía[5]. Si van a ir por la banqueta y hay justificación para hacerlo, hay que ser responsables y pedir la vía, no exigirla.
Hablo de la comunidad de ciclistas porque somos relativamente pocos y me gustaría pensar no solo que vemos la bicicleta como medio de transporte, sino también que ser ciclista implica una ideología compartida acerca del medio ambiente, la contaminación, la congestión, el respeto mutuo y la solidaridad, no la competitividad, ante nuestra vulnerabilidad. No nos comportemos como algunos automovilistas. Somos mejores que eso. No seamos ciclistas machistas. Ir seguros, ser visibles y respetar al ciudadano de a pie deberían ser parte de nuestro atuendo. No seamos cómplices del bicicidio ni nos metamos el autogol de convertir al peatón en nuestro enemigo. Además de ser ciclista potencial, quizá ese peatón también está a un paso de subirse a un carro y de buscar su venganza.
[1] Acuerdo gubernativo número 273-98, 22 de mayo de 1998.
[2] En el artículo 7 (15) del Reglamento de Tránsito se define la bicicleta como un «vehículo de dos o tres ruedas puesto en movimiento por esfuerzo humano a través de los pedales».
[3] Artículo 12 del Reglamento de Tránsito.
[4] Artículo 67: «Lugares de circulación de las bicicletas. Los ciclistas deberán conducir en […] vías públicas que no tengan ningún tipo de franja o carril para los ciclistas…».
[5] Artículo 65 del Reglamento de Tránsito.
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