Se trata del caso en contra de Orlando Salvador López, exjefe de la Fiscalía de Sección de Derechos Humanos del Ministerio Público. López es sindicado de homicidio culposo por su presunta responsabilidad en la muerte por atropellamiento de Élmer Aldana Pesquera en julio del año pasado.
Al homicidio culposo (es decir, un hecho que no implica dolo, sino que es resultado de un accidente) la acusación añadió los delitos de obstrucción de la justicia y peculado por uso. De esa suerte, luego de la captura de López, del allanamiento de su vivienda y de la incautación de teléfonos, computadora y tableta electrónica, se ejecutó su reclusión en una cárcel de máxima seguridad. En el caso, inicialmente en forma provisional y luego de la resolución de esta semana, quedó incorporada como querellante adhesiva la Fundación contra el Terrorismo (FCT), representada por su presidente, Ricardo Méndez Ruiz Valdez.
Para que este último hecho se justificara, los dos delitos añadidos a la acusación eran indispensables. De ahí la urgencia del titular de juzgado, Emilio Hernández García, de acepar dichos cargos en la acusación e incluirlos en su razonamiento para decretar la apertura a juicio.
Pero ¿por qué les interesa a la FCT y particularmente a quien la preside dedicarle tiempo a un caso como este? En su explicación, el juez alude a la vida de la víctima, quien murió en el accidente, como bien tutelado por el Estado y, por lo tanto, a quien el derecho humano a la vida le fue violado. Por dicha razón acepta que la entidad, que niega abiertamente la defensa de derechos humanos, se adhiera a este caso. Por lo tanto, el argumento del jefe del juzgado no tiene asidero. De hecho, ha sido notoria la animadversión de Méndez Ruiz en contra de López, contra quien presentó demandas anteriores.
Fundamentalmente porque, en su calidad de jefe de la Fiscalía de Derechos Humanos, López condujo las acciones penales en contra de militares retirados en varios casos por graves crímenes contra la humanidad. El fallecimiento el 31 de diciembre de 2015 libró oportunamente de la captura al coronel Ricardo Méndez Ruiz Rohrmoser, padre de Méndez Ruiz Valdez. Méndez Ruiz Rohrmoser habría aparecido como sindicado en el proceso por la exhumación de más de 500 osamentas en la antigua zona militar de Cobán, de la cual fue comandante. La investigación en este caso la condujo el exfiscal López.
De igual forma, López condujo las pesquisas y la acusación que llevó a la sentencia condenatoria por genocidio, en primera instancia, en contra de Efraín Ríos Montt. También lideró la investigación que permitió la captura y la sindicación de los acusados por la desaparición forzada de Marco Antonio Molina Theissen. Y antes había conducido las actuaciones procesales en otros casos por violaciones de derechos humanos. Por dichas actuaciones, Méndez Ruiz Valdez evidenció públicamente su enemistad y animadversión en contra de López, quien cumplía su función como fiscal.
En tal sentido, la aceptación de un querellante en un caso que no se relaciona con violaciones de derechos humanos resulta sospechosa. Y resulta así porque permite una plaza jurídica para que se construya una venganza contra quien ha procesado a violadores de derechos humanos. De esa manera, la inspección judicial debe poner sus ojos en las actuaciones de un juzgador que favorece el uso de la ley como arma de venganza. Entre tanto, el Ministerio Público y particularmente su titular deben revisar las actuaciones que podrían constituir prevaricato e incluso abuso de poder al amplificar e incluso alterar los hechos para imponer un escarmiento a quien se atrevió a despojar del manto de impunidad al poderoso estamento militar en retiro.
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