Es el tipo de estructura que coordinadamente combaten el Ministerio Público (MP) y la Comisión Internacional contra la impunidad en Guatemala (Cicig). Estructuras que de diversas formas capturaron el Estado para, en algunos casos, ordeñarle recursos directamente y, en otros, empujar agendas propias vinculadas a intereses espurios. Si bien la Cicig cuenta con recursos metodológicos y humanos que la protegen de las infiltraciones, el MP, por el contrario, batalla desde dentro contra el monstruo que busca blindarse de la persecución. Y no es para menos, pues, al poner su cargo y posición de poder al servicio del mejor postor, se garantizan recursos y contactos que van nutriendo las redes que hoy por hoy desmantelan la Cicig y lo rescatado del MP.
Ese es el caso de un grupo que integran varios funcionarios del sistema de justicia, así como empresarios en el norte de Huehuetenango, que ha perseguido a líderes sociales usando indebidamente el derecho penal. Ese grupo es el botón de muestra de cómo un ciacs opera y pervierte la ley para alcanzar objetivos perversos. Por la acción aviesa del grupo, en el que participan, entre otros, personeros de la empresa Hidro Santa Cruz (hoy Hidralia), del juzgado de paz de Santa Cruz Barillas y de la fiscalía auxiliar de Santa Eulalia, Huehuetenango, se ventila en tribunales de la ciudad un proceso que mostrará ese extremo. El grupo en cuestión concertó una operación diligenciada durante el tratamiento de incidentes producidos en la aldea Poza Verde, Santa Cruz Barillas, el 22 de enero de 2013.
Mientras un proceso de justicia transicional acumula décadas, en este caso las actuaciones se produjeron apenas en horas del mismo día de los hechos. El reporte de estos, realizado por la Comisaría 43 de la Policía Nacional Civil (PNC), fue entregado al juez de paz de Santa Cruz Barillas Giovanni Pivaral de León a las 22 horas y refiere situaciones producidas incluso a las 20 horas. Es decir, en menos de dos horas, debido al tiempo que llevó imprimir, firmar, sellar y trasladar el escrito, el jefe de la estación, Vicente López Sis, recogió el informe de los hechos, los ordenó y transcribió para enviarlos al juez.
Tan diligente como López Sis, el juez Pivaral de León resolvió también en menos de dos horas, pues fecha su escrito el mismo 22 de abril. Sin más diligencia que el escrito policial, el titular del juzgado tipifica delitos tales como detenciones ilegales, plagio o secuestro, coacción, amenazas, actividad contra la seguridad interior de la nación y asociaciones ilícitas y da trámite al proceso penal.
La celeridad mostrada por Pivaral de León en la última parte del día 22 de abril contrasta con la negligencia con la que actuó ese mismo día ante las autoridades comunitarias a las que luego sindica de delitos. Ese mismo día, según informa el mismo funcionario, las autoridades indígenas y comunitarias del norte de Huehuetenango llegaron a las 15:30 para solicitar su intervención urgente. Al indicar que no los recibió, el juez afirma en su reporte que el despacho funciona hasta las 15:30. Sin embargo, seis horas y media después, antes de la medianoche, recibe el informe policial, resuelve instruir la investigación penal y ordena otras diligencias.
El reporte policial y el informe del juez Pivaral forman parte de un expediente que integra, además, un documento producido por una unidad de inteligencia que presta o prestó servicios a la empresa Hidro Santa Cruz. Dicho informe contiene reseñas biográficas y certificaciones de identidad del Registro Nacional de las Personas de al menos 13 líderes comunitarios de Santa Cruz Barillas y de Santa Eulalia, Huehuetenango.
Son los integrantes de los grupos y comités que han conducido la resistencia social a la explotación irracional de los recursos. Son también las autoridades comunitarias que guardan prisión desde hace más de un año, a partir de la acción del ciacs ya descrito, y que han enfrentado un proceso fraudulento y espurio, derivado de la asociación ilícita de autoridades judiciales compradas en connivencia con empresarios corruptos. Además de la libertad de los líderes enjuiciados, el tribunal habrá de ordenar la investigación conducente que esclarezca el funcionamiento de esta estructura perversa y destructora del tejido social y del Estado de derecho.
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