Los gobiernos de México y Ecuador protagonizan un conflicto diplomático que ha generado la postura crítica de sus homólogos del hemisferio y de otras latitudes. Las relaciones entre ambos venían tensas desde el año pasado, y con la llegada de abril de este alcanzaron su mayor nivel luego de que la embajada del primero en el país sudamericano fue allanada por un contingente policiaco.
Vale apuntar que la Convención de Viena sobre el Derecho de los Tratados es un instrumento vigente desde 1980, once años después de su firma, que constituye un acuerdo internacional celebrado por escrito y regido por el derecho internacional, es decir, el conjunto de normas que regula el comportamiento de los estados y otros sujetos internacionales.
En ese marco, el artículo 12 de dicha herramienta determina que son inviolables los locales donde funciona una misión diplomática, y que, si las fuerzas del Estado anfitrión desean ingresar, podrán hacerlo únicamente con el consentimiento del jefe de la sede. Sin embargo, el 5 de abril agentes de la policía ecuatoriana entraron sin permiso en la embajada de México.
Un mes antes, por conducto de la Cancillería, el gobierno del presidente Daniel Noboa pidió autorización para penetrar y capturar al exvicemandatario Jorge Glas (2013-2017), quien permanecía recluido en el recinto en busca de asilo y contra el que pesan acusaciones de corrupción que motivaron la orden de aprehensión emitida por la Corte Nacional de Justicia.
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Obviamente, el proceder de las autoridades ecuatorianas y el malestar del gobierno de Andrés Manuel López Obrador derivaron en el rompimiento de relaciones diplomáticas, al tiempo de estimular una ola de condenas contra el hecho que vulnera la Convención de Viena. En sus declaraciones iniciales, la secretaria de Relaciones Exteriores mexicana, Alicia Bárcena, expresó que nada sustenta el operativo de las unidades policiacas.
Por su lado, Noboa resaltó que se tomaron decisiones «excepcionales» porque no debe existir ningún tipo de inmunidad para «criminales, delincuentes, corruptos y narcotraficantes». En 2023 Glas purgaba una condena, pero fue liberado después de un recurso interpuesto por su defensa y como se anunciaba una nueva detención, en diciembre optó por refugiarse en la misión.
Sin duda, lo descrito abre la polémica y así se manifiesta en la amplia cobertura mediática que mantiene. Al argumento de la Convención de Viena se ha agregado el del asilo territorial que data de 1954 con la Convención de Caracas, Venezuela. Esta, en uno de sus artículos indica que todo Estado, en ejercicio de su soberanía, tiene derecho a admitir dentro de su territorio a las personas que juzgue conveniente, sin que otro Estado pueda hacer reclamo alguno.
Otra de las razones esgrimidas por Ecuador es que había peligro de fuga y en esa línea, «agotado» el diálogo, optó por la fuerza. Mientras tanto, la Organización de Estados Americanos ha puesto en agenda este caso para su sesión del martes 16 de abril, momento en el que el polvorín se encenderá más por el debate que viene.
Glas ha vuelto a la cárcel y en torno de su condición tras las rejas circula variedad de rumores, y en medio de los dimes y diretes que van en aumento es oportuno reflexionar si el fin justifica los medios, más en esta disputa de índole político-legal cuya finalización no se vislumbra en corto plazo, máxime que en el Congreso ecuatoriano la oposición ha empezado a reaccionar.
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