Los estándares internacionales y la Constitución ordenan que el sistema tributario debe ser justo y equitativo. Este principio universal tiene dos expresiones técnicas básicas: la equidad vertical, que exige que quienes tienen mayor capacidad de pago contribuyan proporcionalmente más que aquellos con menor capacidad; y la equidad horizontal, que garantiza que quienes se encuentren en igualdad de condiciones paguen la misma cantidad de impuestos.
Desde abril, el Instituto Centroamericano de Estudios Fiscales (Icefi) alertó sobre los efectos fiscales negativos de la propuesta de Ley para la integración del sector productivo primario y agropecuario. Sin embargo, el Congreso la aprobó como el Decreto número 31-2024. Según el Icefi, esta ley es injusta, pues violenta la equidad vertical al establecer un nuevo régimen tributario privilegiado en el que contribuyentes con ingresos anuales de hasta Q3,500 salarios mínimos (unos Q12.5 millones anuales) tributarían al 1.5 % sobre sus ventas, mientras que los pequeños contribuyentes con ingresos significativamente menores (hasta por Q437,500 anuales), continuarán tributando al 5 % de sus ventas.
Por otro lado, esta ley violenta el principio de la equidad horizontal, ya que los contribuyentes privilegiados por esta ley tributarán al 1.5 % sobre sus ventas, mientras que los demás contribuyentes con ingresos similares (los Q12.5 millones anuales) están obligados a pagar un impuesto al valor agregado del 12 % sobre la diferencia entre débitos y créditos fiscales, junto con un impuesto sobre la renta de 25 % sobre sus utilidades, o entre 5 y 7% sobre sus ingresos brutos.
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Además de injusta, esta nueva ley es técnicamente deficiente y es poco probable que genere los ingresos adicionales que las autoridades pregonan. Por un lado, parece que los cálculos y estimaciones de su impacto no consideraron el alto riesgo de migración de contribuyentes desde los regímenes tributarios vigentes. Ante la posibilidad de aprovechar ventajas, como el relajamiento del régimen de pequeño contribuyente, es probable que muchos opten por cambiarse, lo que resultaría en una pérdida significativa de ingresos por impuestos sobre la renta, sin que esta sea compensada con la incorporación de nuevos contribuyentes. Así lo demostró la primera versión de esta ley ganadera, el Decreto del Congreso de la República número 7-2019, impulsado por Jimmy Morales. Aquella normativa no logró formalizar ni a 100 ganaderos, pese a los miles que siguen operando en la informalidad, forrándose de dinero sin pagar impuestos.
Pero, además de injusta y antitécnica, esta ley también sumamente peligrosa, porque su artículo 23 prácticamente establece facilidades para legalizar ingresos ilícitos, lo cual, de hecho, es un mecanismo para legalizar el lavado de dinero y otros activos. Si bien el articulado del Decreto intenta prevenirlo al establecer requisitos para el registro de beneficiarios, difícilmente la Superintendencia de Administración Tributaria (SAT) tendrá la capacidad para evitar la colusión entre ganaderos y otros empresarios del sector agropecuario con estamentos del crimen organizado. Y es que la cosa no es tan difícil: un ganadero o finquero se asocia con un narco, coyote, corrupto u otro criminal, se registra prestando su finca, y presenta una declaración que permitirá legalizar (lavar) el dinero del socio criminal, y la SAT, por ley, está obligada a declarar como legales los ingresos. No verlo, es negligencia e ingenuidad.
Presidente Arévalo, esta nueva ley ganadera, el Decreto 31-2024 es injusta, antitécnica y peligrosa porque legaliza el lavado de dinero. Por favor, vétela, como una demostración de compromiso con la lucha contra la corrupción y el crimen organizado.
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