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¿Estado de excepción ante la crisis o crisis constitucional?

¿El Estado es capaz de garantizar la vida, seguridad, salud y derechos en general sin estados de excepción o, sin estos últimos, no puede garantizar el ejercicio de los mismos?
Tipo de Nota: 
Opinión

¿Estado de excepción ante la crisis o crisis constitucional?

11 de Enero de 2022
Palabras clave

El constante deterioro de la armonía social y la reiterada utilización de Estados de Excepción ante la crisis de gobernabilidad puede ser un síntoma de alerta sobre nuestro Estado Constitucional de Derecho.

Desde el 2019 a la fecha se han dictado tres estados de sitio en los municipios de Nahualá y Santa Catarina Ixtahuacán. El primero bajo la anterior presidencia, el Decreto Gubernativo 3-2019, y dos en el actual gobierno, los decretos gubernativos 10-2020 y 11-21. Si bien la Convención Americana sobre Derechos Humanos y la Constitución Política de la República de Guatemala permiten la utilización de estas herramientas que limitan el ejercicio de derechos de los habitantes, las mismas son una e...

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