En esa ocasión intenté hacer un ejercicio de empatía, un intento de ponernos en los zapatos de la otra persona, que iba más o menos así:
¿Qué pasaría si un día vinieran Tigo, Claro o Telefónica y te dijeran que quieren instalar una antena en el parque del residencial donde vives, en ese parque donde usualmente vas a leer o a jugar futbol o donde hacen reuniones familiares cada fin de semana? La instalación de la antena telefónica significaría que toda la vegetación de ese parque sería removida sin ninguna indemnización por parte de las telefónicas. También significaría que el valor de tu propiedad se reduciría. Porque ¿a quién le gustaría vivir a la par de una antena? Y eso sin mencionar los posibles riesgos de salud que podrían correr todos los que viven en tu casa, principalmente los niños, que podrían ser los más vulnerables a la radiación y a las ondas que emiten dichas antenas.
¿No harías nada al respecto? Al fin y al cabo no fuiste tú quien aprobó que se instalaran las telefónicas allí. Fue una ley, unos diputados que no te representan, un Gobierno y un Estado que decidieron por ti. ¿No sería lo más lógico que tú y tus vecinos se organizaran y manifestaran pacíficamente en contra de la antena?
Hace unas semanas ese escenario dejó de ser un simple ejercicio de empatía y se convirtió en una realidad cuando Fabiana Menchú Hernández y Carolina Cabrera Estrada fueron detenidas por oponerse a la instalación de antenas de telefonía en el cantón Chitay, zona 5 de Xela. La diferencia entre antes y ahora es que yo no sabía que sería la Ley de Equipos Terminales Móviles, y no la Ley Tigo, la que nos llevaría a dicho escenario.
Lo que sigo sin entender hasta la fecha es cómo una ley que pretendía proteger al individuo de las extorsiones y del robo de celulares terminó protegiendo los intereses de las telefónicas. Y hasta el día de hoy sigo sin saber cómo la iniciativa de ley 4507 —propuesta por Nineth Montenegro— pasó de tener 23 artículos (en ninguno de los cuales se menciona el delito de atentado) a tener 38 cuando fue leída y aprobada en el pleno del Congreso en el año 2013. Claro, la respuesta es que la iniciativa tuvo que obtener un dictamen favorable en el cual le fueron adicionados el resto de artículos, entre ellos el 30, que tipifica el delito de atentado por el cual están siendo acusadas Fabiana y Carolina. No hay nada de ciencia en ello, pero ¿en serio ninguno de los diputados se percató de lo que ese artículo podría provocar? ¿O lo sabían y simplemente lo ignoraron?
Pero, a ver, no quiero que piensen que trato de convertir esto en un relato de crimen sin resolver. Esta no es la primera vez que los diputados aprueban una ley sin haberla leído artículo por artículo. Tampoco será la última vez que incluyan enmiendas sorpresa que no tienen ninguna relación con el objeto de la ley, pero sí con sus intereses. La diferencia en esta ocasión es que su incompetencia y su avidez por proteger intereses particulares podría provocar que no solo Fabiana Menchú y Carolina Cabrera, sino cualquiera de nosotros, pueda pasar hasta diez años en la cárcel por intentar defender sus derechos justamente.
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