Inicio esta reflexión citando una sentencia clásica del Tribunal Constitucional de España que me fue inevitable recordar dadas las recientes declaraciones del presidente de Guatemala emitidas en discurso oficial: «La libertad de expresión tiene un límite, y el límite es la verdad».
La verdad como supuesto límite a la libertad de expresión también fue estudiada por la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) en su opinión consultiva 5/85, en la cual concluyó:
«Un sistema de control al derecho de expresión en nombre de una supuesta garantía de la corrección y veracidad de la información que la sociedad recibe puede ser fuente de grandes abusos y, en el fondo, viola el derecho a la información que tiene esa misma sociedad».
Las formas de control y los abusos en aras de la verdad han llegado a casos extremos como el del Ministerio de Ilustración Pública y Propaganda, instaurado por el régimen nazi, a cargo de Joseph Goebbels, o el del férreo control de los medios de comunicación que se denuncia en China. Y por esos antecedentes en la historia es que resultan preocupantes las declaraciones presidenciales en un discurso oficial redactado y planificado con anticipación. ¿Qué concepción tendrá el Gobierno de la libertad de expresión?
Esta, como derecho de toda persona, consiste en la formulación de opiniones y de creencias personales sin una pretensión de sentar hechos o de afirmar datos objetivos. Este derecho está íntimamente relacionado con la libertad de información, ejercida por el periodismo, la cual supone suministrar información sobre hechos que pretenden ser ciertos y noticiables.
Ambos derechos, indispensables en una sociedad democrática, están reconocidos por la Constitución Política de la República y por tratados internacionales en materia de derechos humanos. ¿Tienen límites? Sí, pero no cualquier clase de límites.
Ejemplo de estos límites generales se encuentran en el artículo 3 de la Convención para la Prevención y la Sanción del Delito de Genocidio, en los artículos 19 y 20 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos y en el artículo 13 de la Convención Americana de Derechos Humanos, que establecen como límites los derechos fundamentales de otra persona, la instigación al genocidio, el discurso de odio, la propaganda de guerra o la protección moral de la infancia y de la adolescencia.
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¿El honor de las personas? También es un límite. No existe un derecho al insulto. No obstante, en el ejercicio de la libertad de expresión y en las críticas a los funcionarios públicos mediante la profesión periodística, este límite debe cumplir con altos estándares de legalidad, legitimidad democrática y proporcionalidad para no convertirse en una mordaza a opositores. Ejemplo de ello es el caso Kimel versus Argentina, en el cual la Corte IDH determinó que era desproporcionada la sanción por calumnia impuesta al autor de un libro de investigación histórica.
Las declaraciones presidenciales merecen especial atención y escrutinio en una sociedad democrática. La verdad, al ser algo eminentemente subjetivo, ¿quién la decide? Es sabido que en la historia la verdad la escriben los vencedores, pero no por ello la verdad de los vencidos deja de ser cierta. Distintas religiones en el mundo, con distintos puntos de vista, defienden su verdad. En la cotidianidad, cada persona tiene su propia verdad de conformidad con sus creencias, sus experiencias de vida y los medios de información que consume.
Como sociedad democrática, tenemos el derecho de exigir a las autoridades respeto a las personas que dedican su vida a comunicar e investigar la función pública, el derecho de comunicarnos e informarnos respecto al honor y a la dignidad de las personas sin instigación al genocidio y sin discursos de odio o violencia y, sí, el derecho a cuestionar al presidente por sus acciones como funcionario público, a denunciar sus síntomas de autoritarismo y a reivindicar los derechos humanos.
Su verdad personal, señor presidente, no es un límite a la libertad de expresión. Por ciudadanos y ciudadanas que cuestionaron la verdad oficial en tiempos de represión es que usted tuvo la oportunidad de acceder a la silla presidencial por medio del voto. No lo olvide.
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