En el citado escrito se mencionan dos conceptos en tensión como consecuencia de la penetración de las redes sociales en la democracia: el libre mercado de ideas y la información de calidad. En una sociedad debe promoverse y permitirse que la ciudadanía entera ejerza su voz en temas de interés público, que exista una amplia revisión de los perfiles públicos de personas relacionadas con la práctica política y que se estudien a profundidad sus actos, ideas, decisiones y propuestas. Esto hace efectivo el libre mercado de ideas, donde cada persona decide qué información consumir para formar su propio criterio como sujeto en democracia.
Sin embargo, según el autor, la información en cantidad no es suficiente para la consolidación de la democracia. La información también debe ser de calidad para garantizar el mayor porcentaje de fuentes verídicas y objetivas. Esto permite combatir de frente los discursos que buscan relativizar derechos (los derechos de los demás, por supuesto, y no los de mis afines) o las desinformaciones por datos inexactos que deslegitiman a las instituciones democráticas.
En los últimos años ha cobrado protagonismo el rol de la Corte de Constitucionalidad (CC) en Guatemala. Ante conflictos políticos derivados de acciones o inacciones del poder público, emerge esta institución como defensora de los principios y las reglas que conforman el texto constitucional. Para nadie es un secreto que a la saliente VII magistratura (2016-2021) le correspondió un rol mediático (quizá no solicitado por ningún funcionario judicial) en plena disputa entre los partidarios de la denominada lucha contra la corrupción y sus detractores.
En este contexto, me parece importante reflexionar brevemente sobre la exposición mediática de la justicia constitucional reciente y sobre la forma en que se debaten sus resoluciones en democracia (valdría la pena un ensayo más extenso sobre el tema). En su obra Principios y votos, el jurista italiano Gustavo Zagrebelsky afirma que es tan importante ser conscientes de la necesidad de magistrados constitucionales independientes como comprender que estos ejercen una función política y, sí, que también ellos votan para decidir. Al pleno de la CC también le atañe llevar a cabo deliberaciones democráticas sobre temas trascendentales en la vida cotidiana propias de una sociedad diversa.
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Por ello es urgente reflexionar sobre la exposición mediática de la justicia constitucional en Guatemala y buscar formas de fortalecerla, de encauzarla hacia la transparencia y el fortalecimiento de su legitimidad democrática y de evitar su desgaste. Lo último, porque suelen ser más comunes las opiniones sobre las afinidades personales de las personas que ocupan los cargos de jueces constitucionales que aquellas sobre sus ideas, sus líneas de pensamiento jurídico y su metodología para resolver los debates jurídicos planteados.
Con el propósito de lograr un antídoto a la desinformación y a los cuestionamientos, en la tensión entre el libre mercado de ideas y la información de calidad en redes sociales, es necesario que la futura CC permita con mayor agilidad el acceso a las resoluciones judiciales y a sus votos razonados para generar información de calidad sobre sus actuaciones y permitir debates sobre argumentos políticos y jurídicos más que sobre las personas que integran la magistratura. Ejemplos de medidas que podrían implementarse son publicar resúmenes de sentencias e incentivar programas de estudio de justicia constitucional para periodistas sin descuidar la calidad del método y de la argumentación jurídica. Todo esfuerzo vale la pena para elevar el debate social de las resoluciones judiciales constitucionales y aportar a la legitimidad material de un tribunal constitucional.
Es necesaria la calidad de la información del debate de las resoluciones judiciales constitucionales si lo que se busca es enraizar en la sociedad la legitimidad de estas para defender derechos y limitar el poder, así como para superar el debate personalista de las redes sociales, que termina satanizando a los contrarios y glorificando a los afines, ambas posturas insanas para un árbitro constitucional imparcial e independiente.
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